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Columna
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A vueltas con el IPC

Es probable que el aumento del IPC del mes de octubre rebaje el del año anterior, que fue de un 1%. Aunque en este tema la referencia del pasado sirve de poco, puede decirse que el registrado en 2002 fue el mayor de los últimos 15 años y que en lo que va de siglo la media fue del 0,4%, por lo que cabría esperar que el aumento sea inferior y la tasa interanual descienda desde el 2,9% anual, pudiendo quedar por debajo del 2,5%. Si el comportamiento de los meses de noviembre y diciembre es similar al del año precedente, la tasa interanual habrá descendido de forma perceptible, si bien se mantendrá un diferencial adverso respecto a la media comunitaria.

El descenso en el índice de precios hará que el deterioro de la competitividad sea menos intenso y creará expectativas de reducción ulterior que podrían ser beneficiosas en varios ámbitos. En lo que concierne al ahorro materializado en productos financieros de renta fija, la rentabilidad efectiva real seguirá siendo negativa, pero menos lesiva. En cuanto al gasto público por ajuste de pensiones y retribución de funcionarios la cuantía que deba asignarse (se establece según el IPC interanual de noviembre) crecerá menos de lo que se haya ido estimando a lo largo del ejercicio. La incidencia en la negociación colectiva de 2004 será inferior a la que ha tenido en 2003.

La mejora en la credibilidad de las predicciones puede facilitar, aunque es difícil que lo permita, tomar como referente la previsión de la UE y prescindir de ajustes posteriores motivados por las desviaciones registradas. En muchas ocasiones la desviación se produce por causas externas, como el aumento en el precio del petróleo o la climatología, que reflejan una situación de escasez momentánea y producen alteraciones en los precios relativos, pero que, si se compensan, influyen en el índice global y tienden a hacer permanente el sesgo alcista de precios y costes.

El descenso en el índice de precios creará expectativas de reducción ulterior que pueden ser beneficiosas

Cambiar las pautas de negociación colectiva y de actualización de pensiones es extremadamente difícil, por lo que, aunque deba intentarse, hay pocas posibilidades de conseguirlo antes de haber situado el IPC español en sintonía con el de la zona euro.

La diferencia entre el IPC y los índices de precios industriales o agrarios indica que, a lo largo del proceso de distribución, se origina un encarecimiento perceptible en algunos productos de alimentación frescos y en la ropa. Es posible que una parte de ese aumento se relacione con mejoras de calidad no detectadas, pero el resto responde a ineficiencias en el proceso y falta de competencia.

El malestar generado lleva a propuestas de trazabilidad del precio, de modo que en el producto se incluya una etiqueta que desde el origen al producto final siga la evolución del precio, en línea con las sugeridas para al origen de productos industriales. La información aportada podría ser interesante, pero para el consumidor es poco relevante, porque a él le importa lo que paga y no el modo de ganarse la vida de productores, transportistas, mayoristas y minoristas. Además supondría un coste adicional que los participantes del proceso tratarán de trasladar a precios finales, con lo que no se sabe si es peor el remedio o la enfermedad.

La política monetaria del BCE es apropiada, pero está pensada para una situación de estancamiento que no es la de España. En esto puede hacerse poco y por tanto debe actuarse en el ámbito de las políticas microeconómicas y en el impulso de la competencia. A este respecto el Ministerio de Economía solicitó informe al Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) sobre las condiciones de competencia, evolución de márgenes comerciales y otros factores que pudieran suponer reducción del excedente del consumidor.

El informe, aprobado en mayo de 2003, aporta sugerencias de modificación en normativas autonómicas (barreras de entrada, prácticas discriminatorias y otras) que merecen atención detenida. Sin embargo, excluye el estudio de márgenes comerciales, que sería imprescindible para fundamentar actuaciones apropiadas, si es que son legalmente posibles, de modo que si no lo realiza el TDC habría que buscar a quien lo elabore con garantías de rigor, tanto si es una entidad pública como si es un consultor privado.

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