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Condena

La UE condena a España por no autorizar una lejía

El Tribunal de la UE condenó ayer a España por impedir la comercialización de un producto procedente de otro Estado miembro llamado limpiador con lejía, con un contenido de cloro inferior a los 35 gramos por litro de cloro de la lejía tradicional. El tribunal cree que para que la protección al consumidor esté justificado debe acreditarse que el producto supone un peligro para la opinión pública. Al ser el cloro una sustancia peligrosa, cuanto menos cantidad tenga un producto, menor será el riesgo.

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