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Alianza

Total desvela su pacto secreto con el SCH

El grupo francés Total remitió ayer a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) los documentos (200 páginas) que acreditan los pactos parasociales que ha mantenido con el SCH en Cepsa desde 1990. En ellos se prevé la liquidación de la sociedad conjunta Somaen Dos a través de la cual el Santander, Unión Fenosa y Total tienen de forma indirecta un 33,23% de Cepsa.

Con la comunicación, Total cumple con la obligación que marca la ley de transparencia de publicar 'de inmediato' los pactos parasociales en caso de opa (en este caso, la del SCH sobre Cepsa). Precisamente, para lanzar la opa sobre el 16% del capital de Cepsa, el banco que preside Emilio Botín se ha escudado en esta ley, que entró en vigor en julio y que invalida pactos parasociales entre accionistas que superen el 25% del capital de una sociedad cotizada.

Pese a que los acuerdos se remontan a 1990, cuando Elf Aquitaine entró en el capital de la petrolera española, es un amplio protocolo, fechado en París el 5 de enero de 1995, el que da cuerpo a la alianza actual. En dicho protocolo se decide la creación de la sociedad holding (Somaen Dos), a través de la cual Elf (Total en la actualidad), el entonces BCH y Unión Fenosa (el nuevo socio minoritario 'no petroquímico') sindicarían su capital en Cepsa.

El enfrentamiento obligaba a liquidar Somaen Dos y a repartir su 33% de la petrolera española

Ya en él se establecía la posibilidad de una ruptura y había un apartado entero para los casos de 'divergencias insuperables'. En ese supuesto, las partes convenían la liquidación de Somaen Dos a sus socios a prorrata de su capital. A través de esta holding, el SCH tiene el 19,9% del capital de Cepsa; Total, el 8,3%, y Fenosa, el 5%. Además, directamente, el grupo francés controla casi el 37%.

Por divergencia insuperable se entiende en el contrato 'un desacuerdo persistente' entre las partes, previamente notificado por escrito por el presidente de la compañía o el del banco y que 'no haya sido resuelto en tres meses'. Al cabo de este tiempo se nombraría un mediador (español), y se iría al prorrateo de no hallarse solución en seis meses. Queda en el aire si ese mecanismo previsto para el caso de un enfrentamiento sigue en vigor y cuál es la salida en caso contrario.

A través del protocolo, Elf delegaba sus derechos de voto a la entidad española y se concretaban los compromisos mutuos (que se remontaban a 1990), según los cuales las partes tienen derecho preferente y de veto en caso de que decidan vender. Tampoco ninguno de los socios podrían comprar acciones de Cepsa (sería ahora el caso) sin la 'autorización de la contraparte'.

Total también ha aportado a la CNMV otros documentos con pactos menores. La compañía, que hizo una declaración de guerra al SCH tras la opa del 26 de septiembre, ha acusado al banco de 'expoliar' sus derechos y 'violar' estos compromisos.

Cepsa, afectada por la Ley de Transparencia

Total se ha adelantado al SCH en la comunicación de sus pactos parasociales sobre Cepsa incurriendo en una paradoja. Los acuerdos están llenos de cláusulas de confidencialidad, así que o bien Total los está incumpliendo o bien está admitiendo tácitamente que -al menos en parte- han perdido su eficacia al ser anulados por la Ley de Transparencia. Lo malo es que ese es precisamente un argumento casi idéntico al utilizado por el Santander Central Hispano para sentirse libre de lanzar una opa sobre el 16% del capital, como hizo el pasado 26 de septiembre.La verdad es que en lo que se refiere a la obligación de publicar los pactos caben pocas dudas. Como explicó este diario el pasado 29 de septiembre, la nueva norma faculta a la CNMV, en los casos en que se presenta una opa, a exigir 'la comunicación, depósito y publicación de los pactos parasociales (...) con carácter inmediato'. Es una excepción al plazo general de tres años que se da al conjunto de las empresas para publicar sus pactos.Eso en realidad afectaría a cualquier convenio entre el Santander y Total, pero también, en caso de existir, a los pactos con la compañía Ipic (de Abu Dabi, que controla el 9,5% del capital) o con Unión Fenosa (que tiene un 5% de forma indirecta). El SCH, sin embargo, sostiene que esos otros teóricos pactos de voto conjunto simplemente no existen.Más debate jurídico suscitará la cuestión de en qué medida han perdido su valor el conjunto de los pactos entre la petrolera francesa y el pacto español. El SCH sostiene que son ineficaces y Total cree que esa es una interpretación precipitada de la nueva norma, que entró en vigor en julio y ha dejado en el aire la validez de numerosos pactos.

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