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Ley de Acompañamiento 2004

Mayor control sobre los cursos de formación en las empresas

Los empresarios que incumplan sus compromisos en materia de formación profesional de sus trabajadores o que no justifiquen debidamente los cursos formativos subvencionados podrán ser multados a partir del 1 de enero próximo con sanciones de hasta 90.151 euros.

El Gobierno ha decido tipificar legalmente como infracción los incumplimientos e irregularidades que cometan los empresarios al impartir cursos de formación ocupacional a sus empleados. Tal y como prevé la ley, este tipo de sanciones por las infracciones en materia de empleo conllevan sanciones para el empresario que van desde los 30 euros a los 90.151 euros.

Para ello, el Ejecutivo ha elegido la vía de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado de 2004 en la que modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones de Orden Social para incluir como faltas leves, graves y muy graves, los incumplimientos, irregularidades o justificaciones indebidas de todo lo relacionado con los cursos de formación.

Entre las faltas muy graves -que según esta misma ley están castigadas con el pago de una multa por parte del empresario de entre 3.005,07 euros a 90.151,82 euros- están: 'La no aplicación, o la desviación en la aplicación de las ayudas, en general, de fomento del empleo percibidas por los trabajadores. También la connivencia con los beneficiarios de ayudas y subvenciones de formación profesional ocupacional o continua para la acreditación o justificación de acciones formativas inexistentes o no realizadas'.

La desviación de las subvenciones para formar a los trabajadores será una 'infracción muy grave' que será castigada con multas de hasta 90.151 euros

Las faltas graves estarán sancionadas con multas de entre 300,52 euros a 3.005,06 euros. Como tales, está tipificado falsear los datos de las solicitudes de subvenciones; la justificación fraudulenta de la contabilidad en los costes, en las horas de formación impartidas o en el número de asistentes. Asimismo, será una infracción grave 'no ejecutar la acción formativa propuesta que hubiere dado lugar a la concesión de subvenciones y ayudas públicas, certificando y justificando fraudulentamente su realización'.

Finalmente serán faltas leves, castigadas con sanciones de entre 30,05 euros a 1.502,53 euros: no establecer el debido control de asistencia de los participantes en las acciones formativas o establecerlo de manera inadecuada; permitir que dichos participantes no reúnan los requisitos establecidos en la ley para acceder a los cursos. Será igualmente sancionado como infracción leve no hacer constar la cofinanciación de las acciones formativas por el Fondo Social Europeo u otra entidad pública, si así se exigiera; utilizar documentos no normalizados que dificulten las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las acciones formativas; no entregar en el plazo y forma reglamentariamente establecidos el certificado o diploma acreditativo a los participantes en los cursos y, finalmente, no conservar los justificantes de la realización de los cursos a las que se aplican las ayudas, durante el tiempo que estipule la ley.

La Ley de Acompañamiento modifica también la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social para incluir como sanción leve en materia de Seguridad Social, 'no remitir a la entidad correspondiente las copias de los partes médicos de baja, confirmación de la baja o alta de incapacidad temporal facilitadas por los trabajadores, o su no transmisión (...) por medios informáticos, electrónicos o telemáticos'.

Defensa. No estará obligado a solicitar licencias para las obras

El anteproyecto de ley de Acompañamiento exime al Ministerio de Defensa de solicitar licencias municipales para las obras de nueva construcción, reparación, conservación y demolición, así como agrupaciones y segregaciones de fincas, llevadas a cabo en zonas declaradas de interés para la Defensa Nacional. El ministro de Defensa, a propuesta de los Jefes de Estado Mayor, será el encargado de identificar las actuaciones urbanísticas que quedarán exentas.En cuanto al proceso de enajenación de las viviendas militares, y para evitar 'maniobras puramente especulativas', se fija que la primera transmisión durante los primeros diez años tras la adquisición de la casa deberá ser notificada 'fehacientemente' (con precio y condiciones) al Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.Este autorizará la transmisión o ejercer el derecho de tanteo en un mes.

Seguridad Social. Reducción de jornada para funcionarios

El Gobierno quiere ampliar los permisos de los funcionarios para el cuidado de familiares. Para ello, los responsables del Ejecutivo han elaborado un anteproyecto de Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado de 2004 que modifica la normativa de medidas para la reforma de la función pública.Hasta ahora se reconocía que los funcionarios tenían derecho a la reducción de su jornada de trabajo si 'por razones de guarda legal' tenían a su cuidado directo a algún menor de seis años, anciano que requiriera especial dedicación o a un disminuido psíquico o físico que no desempeñe actividad retribuida.Según la nueva normativa que propone el Gobierno en la Ley de Acompañamiento este derecho a reducción de jornada se amplía a los casos de aquellos funcionarios que 'precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida'.El Gobierno, en cumplimiento de sus recomendaciones para alargar la vida laboral, elimina en la Ley de Acompañamiento el requisito que exigía para acceder a la carrera de funcionario de la Administración local no 'exceder la edad en que faltan menos de diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la ley en materia de función pública'.

Medicamentos. Prórroga hasta 2014 para cancelar el crédito estatal de 1.686 millones Refuerza el papel del Estado en política de precios de los fármacos

El Gobierno ha ampliado por 10 años, hasta 2014, el plazo para la cancelación de uno de los créditos concedidos por el Estado a la Seguridad Social. En concreto se prorroga la amortización de un crédito extraordinario por importe de 1.686,18 millones de euros (280.558 millones de pesetas), concedido en noviembre de 1992 y que en su día se activó para financiar la asistencia sanitaria. A su vez se cancela también un segundo crédito activado en diciembre de 1993 y que estaba incluido en las transferencias del Estado al sistema de Seguridad Social en los Presupuestos del Estado de 1994.La Ley de Acompañamiento recoge también la regulación del concepto de pensión pública, bajo la que se acoge toda prestación que esté financiada mayoritariamente con fondos públicos. No se incluyen las de fondos de pensiones promovidos por la Administración.El Gobierno modifica la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud para dar mayor poder a las autoridades estatales en farmacia. En concreto dice que 'corresponde a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios la dirección, desarrollo y ejecución de la política farmacéutica del departamento, el ejercicio de las funciones que competen al Estado en materia de financiación pública y fijación del precio de los medicamentos y productos sanitarios, así como las condiciones especiales de prescripción y dispensación de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud.Regula también la especialidad farmacéutica para dispensación personalizada (unidosis), y establece un sistema de sanciones a las infracciones en materia de fármacos, en función de la negligencia, cifra de negocio y personas afectadas. Las multas pueden llegar hasta un millón de euros.

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