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Ley de Concesiones

El capital privado podrá financiar desde hoy cualquier obra pública

La nueva Ley de Concesión de Obras Públicas abre la puerta a que el capital privado financie cualquier obra pública de infraestructuras. El objetivo final de esta normativa es articular un marco jurídico estable para incentivar al sector privado a costear al menos un 20% de los 114.129 millones de euros a los que asciende el Plan de Infraestructuras de Transporte 2000-2007 que el Ministerio de Fomento lleva a cabo.

Para ello, la Ley ofrece un amplio abanico de fórmulas de financiación para que la iniciativa privada recupere su inversión, que incluye desde meras aportaciones de capital público, hasta sistemas exclusivamente privados como es el cobro de peajes a los usuarios, pasando por soluciones mixtas (público-privada) como el denominado "peaje en sombra".

Entre las posibilidades de financiación íntegramente privada, además de la tradicional carga al usuario final vía peaje, la nueva Ley de Concesiones introduce también la posibilidad de que el concesionario explote las zonas comerciales anexas a la infraestructura (áreas de servicio, estaciones de ferrocarril), y la de titulizar o hipotecar la infraestructura.

'Modelo alemán'

Respecto a la combinación de los recursos públicos y privados, la ley generalizará del uso del denominado "peaje en sombra", por el que el concesionario construye y gestiona la vía y la Administración paga peajes en función de los usuarios que la utilicen, así como el "modelo alemán", por el que el Estado abona el precio de la obra sólo cuando recibe la misma una vez construida.

En cuanto a financiación pública, la nueva norma ofrecerá la posibilidad de que una obra pueda costearse con aportaciones de administraciones distintas a la que la promueve mediante la suscripción de los correspondientes convenios con comunidades autónomas y ayuntamientos.

Rebaja de peajes

Entre las novedades que introducirá la ley destaca también el denominado "principio de equilibrio financiero", en virtud del cual las empresas que explotan autopistas en régimen concesional deberán rebajar el peaje que cobran a los usuarios de las mismas si los beneficios o el tráfico que registran superan en una determinada proporción a las previsiones que al respecto se realizaron en el momento de suscribir el contrato de concesión.

Como contrapartida, los concesionarios podrán seguir exigiendo compensación a la Administración en caso de que no obtuvieran los volúmenes de rentabilidad previstos, tal como ya realizan actualmente.

Más competencia

Otro de los objetivos de la nueva ley es elevar la calidad de las infraestructuras y la competencia del proceso de adjudicación de proyectos. Para la consecución del primer fin obligará a las sociedades concesionarias a cumplir la denominada "cláusula de progreso", esto es, a asumir el mantinimiento de la obra pública y su adaptación a los distintos requerimientos técnicos, medioambientales o de seguridad que surjan en el tiempo.

En cuanto al aumento de la competencia, la ley prevé garantizarlo con la introducción de un régimen de incompatibilidades que evite la concertación de ofertas entre grupos y ofreciendo la posibilidad de que particulares o empresas puedan proponer a la Administración la ejecución de un determinado proyecto cuya construcción se les adjudicará en caso de resultar aprobado.

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