Videocámaras en entredicho
La Comisión Europea ha dado un no contundente al uso generalizado de la videovigilancia en las empresas. Un grupo de expertos de este organismo ha elaborado un documento de trabajo en el que se considera que utilizar este mecanismo para controlar 'la cantidad y calidad' del trabajo de los empleados es inaceptable. Para Bruselas, el único uso justificado de este instrumento es el relacionado con el mantenimiento de la seguridad laboral y la producción. Y aun en esos casos las compañías deberán ser especialmente cuidadosas e informar siempre a la plantilla de la existencia de las cámaras y del destino de las imágenes grabadas.
El informe encargado por Bruselas no es una casualidad. Ni en España ni en la mayoría de los países europeos existe una regulación clara sobre el uso y los límites de la videovigilancia en los centros de trabajo. Los tribunales españoles, empezando por los juzgados y acabando en el Tribunal Constitucional, han ido construyendo una regulación que, según muchos expertos, todavía no está perfilada con suficiente precisión.
No parece aceptable que un problema que afecta tan directamente a derechos como la intimidad, la imagen y los datos personales se siga manteniendo en una suerte de ambigüedad que no beneficia a nadie. Bruselas hace bien en emitir directrices, pero haría mejor en dictar una regulación que aclare de una vez por todas esta situación. Mientras tanto, el Gobierno se resiste a dictar un reglamento, el de la Ley de Protección de Datos, que bien podría resolver esta cuestión.