Anulada la multa del TDC a los abogados por restringir la publicidad
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que estima parcialmente el recurso presentado por el Consejo General de la Abogacía contra la multa de 180.303 euros que le impuso el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) en abril de 2002. El motivo de esa sanción fue la aprobación por el órgano rector de los abogados de unas normas de publicidad que, según el TDC, contenía prácticas restrictivas de la competencia y que ya no están en vigor, explicaron ayer fuentes de la Abogacía.
El fallo de la Audiencia Nacional revoca la multa impuesta al considerar que la elaboración de las restricciones publicitarias por parte del consejo no fue realizada con mala fe, sino en la creencia de que 'existía una atribución competencial para ordenar los aspectos del ejercicio de la publicidad, objeto del recurso'. Así, según la sentencia, 'hasta el momento en que la ley ordenó la liberación de las profesiones colegiadas, venía admitiéndose sin discusión la posibilidad de establecer límites en su ejercicio con base en las potestades de ordenación de los consejos y colegios profesionales'. Por todo ello, el tribunal considera que la elaboración de las normas de publicidad se realizó sin mala fe y revoca la sanción.