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Justicia

El juez anula la sanción de Cascos a Iberia por suspender vuelos

Dos años después de la noche más larga en la historia de la compañía aérea de bandera, una resolución de la Audiencia Nacional ha venido a dar la razón al entonces presidente de Iberia, Xabier de Irala, frente al ministro de Fomento, y responsable de la aviación civil y la navegación aérea, Francisco Álvarez-Cascos.

Durante más de 10 tensas horas, ambos personajes, conocidos por su carácter fuerte y su actitud resolutiva, mantuvieron abiertas discrepancias en torno a un contencioso que tenía como escenario una huelga de los pilotos del Sepla, y que desembocó en la suspensión de todos los vuelos de la aerolínea en la madrugada del 13 de junio de 2001.

Irala, como responsable último de Iberia, interpretó que la dimisión en bloque de 99 mandos de su dirección de operaciones de la compañía ponía en cuestión la seguridad de sus vuelos y, en consecuencia, dio la orden del cese total de la actividad.

Álvarez-Cascos, al conocer la decisión la consideró improcedente, exigió la reapertura de la operación y, posteriormente, sancionó a la compañía por suspender sus vuelos 'sin aviso con antelación suficiente a las autoridades administrativas' y al considerar que en la decisión de Iberia 'no podía apreciarse estado de necesidad o fuerza mayor'.

Venticuatro meses después de los hechos, la resolución de la Audiencia Nacional estima que la suspensión de vuelos adoptada por Irala no 'es constitutiva de infracción administrativa alguna', porque 'la decisión fue proporcionada y justificada ante una situación en la que la seguridad de las operaciones de vuelo podía verse comprometida'. El juzgado argumenta también que 'no siendo sancionable la acción principal tampoco pueden serlo las consecuencias derivadas de la misma', en referencia a las 25 infracciones y multas impuestas por Fomento, como consecuencia de la suspensión o retraso de cada uno de los vuelos que se vieron realmente afectados.

La Audiencia es expresiva al valorar la actuación del Ministerio de Fomento al afirmar que 'intenta encuadrar' su sanción a Iberia 'en tipos legales de difícil encaje', multando 'no tanto la conducta principal como las consecuencias derivadas de la misma, tales como la cancelación o retraso de los vuelos', según la resolución.

El recurso del Sepla contra el laudo sigue abiertoEl juzgado considera correcta la decisión de la compañía porque existió riesgo para la seguridad

Iberia tiene abierto otro frente judicial derivado del durísimo enfrentamiento que vivió con el Sepla en julio de 2001. El sindicato de pilotos recurrió ante el Tribunal Supremo la decisión del Consejo de Ministros de imponer un arbitraje y un laudo obligatorio como vía para solventar las enormes diferencias que provocaron la huelga. Los paros, que se sucedieron de forma intermitente, estaban relacionados con la discusión del convenio colectivo de los tripulantes. En el caso de que este recurso prosperase y el tribunal reconociese que la obligatoriedad de dictar el laudo lesiona derechos fundamentales de los pilotos se abriría un problema de consecuencias imprevisibles, ya que el laudo que dictó el árbitro Federico Durán y que permitió una cierta normalidad laboral posterior, dejaría de tener validez. En la foto, Federico Durán, presidente del CES en 2001 (en primer plano), en una reunión que mantuvo en julio de 2001 con Xabier de Irala y Ángel Mullor.

'Las actuaciones de inspección obedecían a indicaciones del Sepla'

La resolución de la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso este diario, detalla la descripción que aportó Iberia sobre lo sucedido en su dirección de operaciones en los días anteriores al 13 de julio. Hay que tener en cuenta que esta dirección es el organismo de la compañía que tiene el control sobre los aviones, los tripulantes, las condiciones de vuelo y, en definitiva, es el garante último de todos los detalles de la seguridad que la aerolínea ofrece a sus viajeros.'La actitud de los pilotos' encuadrados en la dirección de operaciones -narra la resolución- 'era cada vez más preocupante. Las cartas de dimisión se fueron acumulando', lo que creó 'un clima diario de tensión y mutua desconfianza entre los efectivos y la dirección'. 'Entre otras anomalías generalizadas' se advertía que 'los trabajos técnicos se estaban ralentizando inexplicablemente' con el 'consiguiente peligro para el correcto ejercicio de la función de control'. El texto relata que 'se amontonaban las ausencias injustificadas y reiteradas de los jefes de flota y los inspectores de la oficina'. También 'se sospechaba' que 'los criterios de actuación de la inspección no se ajustaban a la normativa vigente y obedecían más a indicaciones del sindicato que al respeto de la normativa aplicable'.Ante estos hechos, la Audiencia considera que la actuación de Iberia 'se hizo de manera preventiva para adoptar las medidas que permitieran realizar las operaciones de vuelo con las debidas garantías de seguridad'.En los dos últimos años la dirección de operaciones de Iberia ha sufrido una profunda reestructuración.

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