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Denuncia

La CE denuncia a España por el retraso en trasponer la ley de morosidad

Bruselas tiene previsto denunciar hoy a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por su tardanza en adoptar la directiva europea que tiene por objetivo penalizar la morosidad en los pagos.

La Comisión Europa ya había apremiado en febrero de este año al Gobierno español para que incorporase al derecho nacional una norma que persigue atajar los larguísimos plazos de pagos que padecen numerosas empresas, una lacra que, según los datos comunitarios, provoca en toda Europa una de cada tres quiebras empresariales.

La tardanza del Gobierno español en adoptar la directiva europea resalta porque en España precisamente el plazo medio de retraso supera en 10 días la media comunitaria (53 días).

El Gobierno aprobó el pasado 27 de junio un proyecto de ley de lucha contra la morosidad, pero Bruselas ha decidido mantener la presión judicial sobre España, ya que la Comisión Europea desea ver cuanto antes el texto definitivo.

Procedimiento de urgencia

La futura ley española, que se está tramitando en el Congreso por el procedimiento de urgencia, recoge en esencia el contenido de la directiva y se aplicará a los pagos realizados entre empresas o entre éstas y las distintas Administraciones públicas.

En ese sentido, quedan excluidos de su aplicación tanto las operaciones en las que intervienen los consumidores como los intereses relacionados con otros pagos (como los realizados con cheques y letras de cambio) y las indemnizaciones por daños.

A falta de otro plazo pactado por las partes en el contrato, el texto fija un periodo general de 30 días, a partir de los cuales, el acreedor podrá reclamar intereses de demora. El importe del interés que deberá pagar el moroso será, una vez más, el que se haya fijado en el contrato, y a falta de éste el establecido en la ley, que se calculará como la suma del tipo de referencia aplicado por el Banco Central Europeo más siete puntos porcentuales.

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