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A examen

Los nuevos dominios .es

A partir del 10 de julio se podrán registrar direcciones de Internet bajo cinco nuevos dominios. Algunos expertos ven en la medida un afán recaudatorio

Los dominios de Internet vuelven al ojo del huracán. El sistema que permite transformar los números octales -que identifican en el uso de los protocolos de Internet a los ordenadores que se encuentran conectados a la Red- en palabras comprensibles y recordables vuelve a generar polémica en España después de una historia de más de siete años de continuos desencuentros con los usuarios.

El ES-NIC, la entidad que gestiona el dominio de primer nivel español, ha puesto en marcha una nueva normativa (http://www.nic.es/normas/nuevoplan1.htm) que vuelve a traer a colación viejas e inexplicadas polémicas y que supondrá un nuevo y pequeño galimatías para el usuario. Resumiendo brevemente las novedades, a partir de este verano los españoles dispondremos de un nuevo sistema que se superpone al actual en el uso del dominio de primer nivel correspondiente a la identificación geográfica que a escala mundial complementa el sistema genérico de los .com, .org, etc., y que instaura cinco dominios de segundo nivel (com.es, org.es, edu.es, nom.es y gob.es).

Hasta ahora, las direcciones en España tenían que ser siempre del tipo empresa.es, pero a partir de este nuevo plan a esa tipología se sumará otra que algunas naciones (muy pocas) como el Reino Unido vienen usando desde sus inicios. En Gran Bretaña los dominios responden a una organización similar a la general, de forma que hay dominios empresa.co.uk o universidad.ac.uk, por lo que las empresas deben dejar patente en su dominio su carácter comercial y las universidades su carácter académico.

Se aplicarán descuentos del 50% para quienes ya cuentan con una dirección .es

En España se pretende imponer ahora este sistema, pero sin abandonar el anterior, lo que rápidamente ha comenzado a ser considerado por algunos expertos como una medida con afán recaudatorio, toda vez que nadie se atreverá a dejar de abonar uno de los dos registros. Y para añadir a la polémica un gramo más, se abre el periodo de prerregistro destinado a las compañías que ya tienen un dominio .es en pleno julio el próximo día 10, en la más absoluta confusión y sin ningún tipo de campaña que informe convenientemente al usuario, a quien se pretende convencer de la idoneidad del nuevo registro por la vía del descuento: un 50% del precio que abona por el registro tradicional para disponer de un nuevo dominio de tercer nivel del estilo empresa.com.es.

En total son cinco nuevos indicativos que se suman al existente de primer nivel. Con el nuevo plan pueden solicitar la asignación de un nombre de dominio de tercer nivel bajo el indicativo .com.es, las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad que tengan intereses o mantengan vínculos con España. Bajo el indicativo .nom.es, las personas físicas que tengan intereses o mantengan vínculos con España. El indicativo .org.es se destinará a las entidades, instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que tengan intereses o mantengan vínculos con España. Con el indicativo '.gob.es' descubriremos a las Administraciones públicas españolas y las entidades de derecho público de ella dependientes, así como cualquiera de sus dependencias, órganos o unidades. Y, finalmente, bajo el indicativo .edu.es se encontrarán las entidades, instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica que gocen de reconocimiento oficial y realicen funciones o actividades relacionadas con la enseñanza o la investigación en España.

Aunque la normativa tiene la confusión innata a estas iniciativas que tratan de poner puertas al campo, parece desprenderse de ella la posibilidad de registrar cualquier tipo de nombre, salvo para el dominio nom.es, donde deberá acreditarse el nombre personal de cada uno. Igualmente, la normativa se reserva la discrecionalidad de denegar de forma motivada la asignación de un nombre de dominio cuando, aun cumpliéndose todos los requisitos, dicha asignación pueda generar en su criterio un riesgo evidente de confusión para los usuarios en el sistema de nombres de dominio bajo el .es. Y, por supuesto, no se asignarán nombres de dominio que incluyan términos o expresiones que resulten contrarios a la ley, a la moral o al orden público, ni aquellos cuyo tenor literal pueda, a juicio de la autoridad de asignación, vulnerar el derecho al nombre de las personas físicas, atentar contra el derecho al honor, a la intimidad o al buen nombre, o cuando pudiera dar lugar a la comisión de un delito o falta tipificado en el Código Penal. Tampoco podrán asignarse nombres de dominio que coincidan con nombres de protocolos, aplicaciones y terminología de Internet, tales como telnet, fttp, e-mail o www.

A estos problemas se suma el más importante que hace referencia a los plazos para registrar estos nuevos dominios de segundo nivel, en los que se prima a las entidades que ya tienen un dominio de primer nivel (tesoro.es por ejemplo) y, lo que resulta inexplicable, antepone en esos plazos de registros a las instituciones públicas o dependientes de las Administraciones a cualquier otra del tipo que sea. Todo sin olvidar que los cambios y prerregistros se realizan en época veraniega, en el más tradicional estilo oscurantista de la Administración hispana.

Un nuevo riesgo para el robo de marcas en la Red

En estos días veraniegos, los encargados de administrar los recursos informáticos de las empresas que tienen un dominio .es están recibiendo un correo electrónico en el que se les propone la contratación de los nuevos dominios con un 50% de descuento sobre el precio habitual.Aunque en realidad nadie sabe cuánto costarán después de esta primera fase, porque en ningún lugar del sitio www.nic.es se referencia este dato. Es de suponer que en las siguientes fases del procedimiento, que se abre el día 10, se deberá abonar una tarifa equivalente a la asignación anual inicial correspondiente a la asignación de nombres de dominio de segundo nivel, pero sólo es una suposición.æpermil;ste es uno de los muchos interrogantes que se abren para cualquier administrador informático que reciba en estos días, probablemente de asueto, un comunicado que le obliga a tomar en días una decisión que parece trascendente para el futuro de la imagen de la compañía.No obstante, hay cuestiones a tener en cuenta sobre la utilidad real de los nuevos dominios de tercer nivel que tendría la entidad. Si la compañía es poseedora de las marcas legales de sus dominios en todas y cada una de sus clases (lo que desde la reciente reforma de la Ley de Marcas es mucho más fácil que antes), no necesitaría registrar ningún dominio más, ya que podría quitar judicialmente el dominio a cualquiera que intentara apropiárselo.El problema reside en que lo habitual en España ha sido registrar la marca tan sólo en alguna de las clases posibles, por el alto coste tradicional de la operación para las empresas pequeñas, y eso casi obliga, por precaución, a registrar el dominio de tercer nivel para que otra compañía de nombre idéntico o similar que se dedique a otra actividad no se haga con él.Lejos de simplificar la burocracia y evitar la duplicidad que parece animar la desaparición del IAE, en Internet las cosas marchan por otros derroteros.

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