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Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba la Ley General Tributaria, que rebaja las sanciones por fraude

La nueva Ley General Tributaria aprobada hoy por el Gobierno permitirá que el contribuyente tenga mayores facilidades a la hora de cumplir con el fisco, con medidas tales como la reducción a la mitad de la sanción si se produce acta de acuerdo. El texto incorpora las principales modificaciones sugeridas en el informe realizado por el Consejo de Estado, con dos grandes objetivos: mejorar los derechos y garantías del contribuyente y reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, dio detalles sobre el contenido de esta nueva ley que sustituye a la actual, que data de 1963. En relación con la creación de las llamadas actas con acuerdo, Montoro destacó el "carácter voluntario" de esta opción por parte del contribuyente para resolver ciertos litigios con la Administración. "No estamos -precisó- ante ningún mecanismo coercitivo".

Entre las novedades recogidas en esta futura norma a recomendación del Consejo de Estado, destaca la creación de la figura de conflicto en la aplicación de la norma tributaria. "Hemos recogido el cambio" propuesto respecto a incluir el término "conflicto en la aplicación de la norma tributaria" y sin que lleve aparejada sanción, porque parece un término "más neutro para denominar el fraude de ley" -cuando se recurre a operaciones legales para reducir la factura fiscal-. Esta figura pasó a denominarse "abuso de ley" en el borrador de esta futura ley.

Nueva tipología de infracciones

La futura norma establece una nueva clasificación de las infracciones, entre las que se incluyen las 'muy graves'. En este aspecto, Montoro apunta que "no ha habido ningún tipo de matiz ni condición relativa" por parte del Consejo de Estado. En el caso de las infracciones 'leves', con carácter general, la sanción será del 50%; para las graves, entre el 50 y el 100%; y para las 'muy graves', entre el 100 y el 150%.

La norma fija además nuevos criterios de graduación de las multas, de modo que en caso de repetición de infracciones, la sanción aumenta entre el 5 y el 25%. Asimismo, si se produce perjuicio económico para la Hacienda Pública, la sanción será de entre el 10 y el 25%. El texto incorpora además una nueva sanción por "resistencia, negativa u obstrucción" a las actuaciones de la Administración Tributaria, si bien, ahora se ha introducido "mayor proporcionalidad en la cuantía de esta multa", según Montoro, conforme a las observaciones del Consejo de Estado.

Las consultas, vinculantes

En cuanto a los plazos para recurrir, se amplían en la nueva, desde los quince días actuales a un mes; y se agiliza la resolución de las reclamaciones, con la creación de órganos unipersonales en los Tribunales Económico-Administrativos.

Todas las consultas tributarias escritas serán vinculantes y se establecerá un criterio único para la Administración tributaria. También se crean nuevos supuestos de responsabilidad (sucesión en la actividad, administradores de hecho y contratos y subcontratos de obras o servicios).

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