Condenado a prisión por comercializar artículos falsos de Levi Strauss
Una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Alicante condena a seis meses de prisión y multa de 10 meses a un acusado de cometer un delito contra la propiedad industrial. También deberá abonar una indemnización a la marca perjudicada por los daños ocasionados, que en el fallo no se cuantifican.
La resolución judicial (publicada por el Diario de las Audiencias) considera probado el delito y señala que la similitud entre el producto intervenido y el imitado es tal, que genera confusión en el consumidor.
El delito contra la propiedad industrial castiga poner en el comercio productos amparados por signos distintivos que hayan sido imitados o reproducidos. En este caso, el condenado iba a comercializar 157 cinturones Levis (imitando a la marca Levi Strauss).
Dice el tribunal que la marca es un instrumento 'de clarificación del mercado, permitiendo la mejor individualización de los productos'. También permite y facilita que el consumidor identifique los distintos productos, además de actuar como un 'signo de garantía o calidad'.
Confusión en el mercado
La sentencia va más allá de la mera confusión a la que queda sometido el consumidor por los productos falsificados, y asegura que se confunde al mercado en general.
Afirma el tribunal que 'la imitación de marca legítima supone a la larga un manifiesto descrédito de la misma, ya que su generalización lleva a anular su capacidad de identificación por parte del consumidor, con relación a productos de alto coste, muchas veces adquiridos exclusivamente en atención a la marca y con independencia de su calidad'. Esto podría provocar que el consumidor de estos productos optara por no adquirirlos por haber sido reiteradamente imitados y decidiera comprar otros artículos de bajo precio.
La sala rechaza el argumento del juzgado de primera instancia, que absolvía al acusado porque pretendía comercializar los cinturones a muy bajo precio.