El plazo para denunciar a un inquilino moroso se reduce a dos meses
Uno de los principales problemas del mercado de viviendas en alquiler en España es el elevado número de problemas que conlleva el encontrarse con un inquilino moroso.
El Gobierno ha escuchado por fin las quejas de los propietarios con este problema y ha anunciado que rebajará de cuatro a dos meses el plazo necesario para que el dueño de una vivienda en alquiler demande a su inquilino por impago de la renta y establecerá un procedimiento más rápido para reclamar rentas pendientes y conseguir el desalojo.
Así consta en la reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que el Ejecutivo prevé llevar a cabo con el fin de flexibilidad el mercado inmobiliario de alquiler.
La reforma, que el Gobierno introducirá mediante una enmienda de disposición final a la nueva Ley de Garantías de Bienes de Consumo, es fruto de las medidas de intensificación en las reformas económicas que el Ejecutivo aprobó el pasado mes de abril.
En concreto, la modificación de la LEC persigue abreviar los procesos de desahucio, con el fin de que las viviendas en alquiler queden antes desocupadas y se pongan de nuevo en el mercado para compensar así la 'insuficiente' oferta actualmente existente, así como dotar 'sólidas garantías legales' para que los propietarios pondrán sus viviendas en renta en vez de mantenerlas vacías.
Además, la reforma permitirá acumular la acción de desahucio y la de reclamación de rentas superiores a 3.000 euros para que sustancie mediante un juicio verbal en lugar de ordinario.
Asimismo, evitará dilatar el procedimiento a conveniencia del inquilino moroso al posibilitar el nombramiento inmediato del abogado de oficio. Por último, la reforma introduce la posibilidad de que las comunicaciones oficiales a los demandados en los juicios de desahucio se puedan entregar a cualquier habitante de la vivienda mayor de 14 años años de edad, con lo que también se pretenden evitar demoras provocadas por el moroso.