Sentencia
Los hoteles no deberán pagar derechos por los televisores
El Tribunal Supremo, con votación de sus 12 magistrados y el presidente de la sala, ha fallado una sentencia que, según la Federación Española de Hostelería, constituye jurisprudencia firme que puede acabar con el pleito mantenido desde 1993 entre la hostelería y las entidades de gestión de propiedad intelectual. El Supremo (sentencia 10/V/2003) falla a favor de la hotelera South Paradise que considera que el uso de las televisiones en las habitaciones de los hoteles no es comunicación pública y por tanto no están obligados a pagar el canon correspondiente.
El Supremo ratifica el recurso de casación de South Paradise que mantiene que la habitación del hotel es una extensión del domicilio privado de los clientes.