La §revolucionaria§ Ley de Juicios Rápidos, según Justicia, entra en vigor el lunes
Desde el ministerio de Justicia, la entrada en vigor de los juicios rápidos el próximo lunes implicará un "cambio profundo en la cultura judicial", ya que modificará la forma de trabajar de los distintos departamentos de la Justicia y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La principal reforma afectará a un cambio conceptual del juzgado de guardia, que pasará a ocuparse de las faltas y de los delitos con penas inferiores a 5 años, que engloban robos o actos de violencia doméstica.
Con esta reforma, la instrucción pasa, de hacerse en dos semanas, a realizarse directamente. Al día siguiente, en las grandes ciudades y siete después, en el resto de España, se celebrará el juicio. Esto implica, de acuerdo con las previsiones de Justicia, que los casos de faltas dejarán de investigarse y juzgarse en un plazo de entre seis y siete meses, para serlo entre uno y siete días. En cuanto a los delitos con penas de menos de cinco años de cárcel, la instrucción se reducirá de entre cuatro y siete meses a un día para las grandes ciudades y siete días para el resto del país. En conjunto, los sumarios por estos delitos pasarían de durar de entre 7 y 12 meses a entre 16 y 22 días.
Establece un ¢premio de conformidad¢ por el que el acusado que, en el propio juzgado de guardia, acepte la más grave de las penas que se pidan contra él verá reducida su condena en un tercio. Esta medida, regulada en el artículo 801 de la citada ley y prevista sólo para los delitos castigados con hasta 3 años de prisión, supondrá, en la práctica, que estos acusados no llegarán a entrar en la cárcel, ya que el precepto establece el requisito de que ¢la pena solicitada o la suma de las penas solicitadas no supere, reducida en un tercio, los dos años de prisión¢.
Agenda policial electrónica
Uno de los elementos para reducir los plazos pasa por Internet. Se trata de una especie de agenda electrónica, que permitirá a las fuerzas policiales fijar instantáneamente vistas en los juzgados de guardia y acceder de manera inmediata a los antecedentes penales de los detenidos o acusados.
La ley, que se aplicará en los 436 partidos judiciales de España, ha exigido multiplicar los servicios de guardia de jueces y triplicar los de fiscales, lo que ha supuesto una inversión este año de 98 millones. De esta cantidad, 43 millones han sido destinados a la ampliación de órganos y plantillas judiciales, 45 millones a las retribuciones adicionales de las guardias; tres a la adecuación de los locales de los juzgados de guardia, y dos y medio, al nuevo sistema informático de acceso al Registro Central de Penados y Rebeldes. Cuatro millones se han destinado a la compra de nuevos equipos y 800.000 euros a la asistencia jurídica gratuita especializada, lo que permitirá a los acusados disponer de un abogado de oficio en sólo 24 horas.
Según Michavila, el nuevo sistema no irá en detrimento de los derechos fundamentales y citó como ejemplo que los acusados pasarán a tener abogados de oficio de inmediato o que se podrán seguir pidiendo las mismas pruebas que antes, aunque ahora de manera más rápida. Sin embargo, la atribución al juez de guardia ha motivado algunas críticas desde varios estamentos judiciales, que estiman que esta medida puede suponer una quiebra del principio básico de separación de funciones e ir en detrimento de la imparcialidad del magistrado.