Las telefónicas no pueden imponer pago domiciliado
Las empresas de telefonía fija no pueden imponer la domiciliación bancaria como fórmula única de pago a sus clientes y tienen la obligación de garantizar las llamadas salientes de urgencias y las entrantes en cualquier caso, según un dictamen sobre cláusulas abusivas que ha sido aprobado por la Comisión de Cooperación de Consumo.
Según informó ayer el Ministerio de Sanidad y Consumo en una nota, el dictamen matiza que en caso de que el pago de la factura sea realizado mediante domiciliación bancaria, el operador debe notificar al usuario el momento en que se cargará en cuenta la factura telefónica.
El dictamen sobre cláusulas abusivas en los contratos de telefonía fija fue adoptado por la Comisión de Cooperación de Consumo, que engloba a los directores generales con competencias en esta materia de las comunidades autónomas, en una reunión celebrada el pasado día 5 bajo la presidencia de la directora general de Consumo y Atención al Ciudadano, Dolores Flores.
El ministerio recuerda en el informe que en el contrato debe facilitarse al usuario información sobre su derecho a reclamar. En este sentido, explica que las operadoras no pueden 'suspender o interrumpir el servicio basándose en el retraso del pago', si el cliente ha depositado el importe adecuado en los organismos habilitados para ello, como son las direcciones generales de consumo.
En caso de que esta consignación no haya sido realizada, las operadoras 'deben informar sobre el procedimiento previsto para interrumpir o suspender el servicio' que, en todo caso, 'debe garantizar ineludiblemente las llamadas salientes de urgencias y las llamadas entrantes'. El contrato, agrega la nota del ministerio, debe especificar también el derecho del usuario a ser indemnizado por las interrupciones temporales del servicio de telefonía, los importes de estas indemnizaciones y 'las condiciones en que el operador cumplirá esta obligación'.
Consejos voluntarios
El dictamen sobre cláusulas abusivas contiene también recomendaciones que serán incorporadas por los operadores 'de forma voluntaria' en los contratos que adopten y el Ministerio de Ciencia y Tecnología 'velará para que estos contratos se adapten a la normativa vigente'.
El dictamen fue aprobado con un informe previo de carácter favorable realizado por un órgano integrado por representantes del Ministerio de Justicia, Consejo de Consumidores y Usuarios, Instituto Nacional de Consumo, comunidades autónomas y Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de Información.
En su elaboración también estuvieron representados miembros del sector empresarial a través de la Asociación Española de Servicios de Telecomunicaciones y de la Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones.