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Tribuna
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La falta de un marco legal estable para la cogeneración

Los datos cerrados de 2002 han venido a confirmar los pésimos augurios anunciados a lo largo del último año para la cogeneración española. El sistema térmico de generación eléctrica de mayor eficiencia energética y medioambientalmente más correcto se ahoga en la paradoja de carecer de un marco legal que le otorgue la estabilidad necesaria para que los industriales puedan realizar inversiones de futuro.

Todo el mundo dice apostar por la cogeneración. La Unión Europea prevé que para 2010 este sistema represente el 18% del mercado, y discute actualmente una propuesta de directiva para su fomento. En la misma línea optimista, nuestro propio Gobierno, en el documento de planificación de los sectores de electricidad y gas, contempla para la cogeneración un incremento del 40% en potencia instalada (2002-2011), con una participación de mercado del 12,26%.

Con el marco actual todas estas previsiones son, sencillamente, inviables. La cogeneración se ha visto obligada a frenar en seco las inversiones y como consecuencia el pasado año la potencia instalada subió un insignificante 1,9%. Para medir el frenazo, baste señalar que la energía cedida a la red creció el 3,4% en los tres últimos años, cuando entre 1995 y 1999 el incremento superó el 268%. España cuenta hoy con 824 plantas, representando su producción más del 11% de la demanda de energía eléctrica. Un sistema de generación por todos alabado gracias a sus buenas razones medioambientales y energéticas está parado.

¿Qué ocurre que justifique este frenazo? A la cogeneración le sobran buenas razones, pero le falta una legislación estable que aclare la maraña de normativas que conviven solapadas y son discriminatorias y temporales.

En la Asociación de Autogeneradores de Energía Eléctrica (AAEE) consideramos que con un marco legal adecuado, en la línea de la aludida propuesta de directiva de la Unión Europea que autoriza a las plantas a acceder al mercado con toda su producción, la cogeneración española podría crecer un 63% hasta 2010, alcanzando una participación en el mercado del orden del 14%.

Una maraña legislativa. La cogeneración se rige por los RD 2366/94 y 2818/98, que generan dos regímenes económicos diferentes y discriminatorios, en función del tamaño de la planta, y por el RD 841/2002, que posibilita la entrada en el mercado de ofertas con incentivos efímeros. Además, anualmente se revisan los incentivos, los precios de venta y las primas en los regímenes económicos coexistentes.

Al amparo del Real Decreto 2366 de 1994, la cogeneración vivió su gran desarrollo; de hecho, la mayoría de las plantas existentes se crearon a su amparo. Tras la Ley del Sector Eléctrico, se modificó la legislación con el Real Decreto 2818/98 que establece condiciones que han demostrado no ser las adecuadas: esta legislación llevó a un progresivo descenso de las inversiones, apenas se han creado plantas y ninguna de más de 25 MW.

El Gobierno intentó superar la situación con el RD 841/2002, que los cogeneradores valoran positivamente porque propicia la entrada en el mercado de sus plantas. Sin embargo, los incentivos son efímeros -desaparecerán a principios de 2004, al alcanzar los ciclos combinados una potencia de 5000 MW-, por lo que este nuevo real decreto tampoco reactivará el sector.

El paisaje normativo existente no es una buena tierra para sembrar futuro. Es fundamental que el sistema térmico de generación eléctrica más eficiente cuente definitivamente con una legislación estable y clara. Sin un horizonte estable no serán posibles las inversiones precisas para alcanzar las previsiones oficiales.

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