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Responsabilidad

Una sentencia obliga al SCH a devolver el dinero a una víctima de un fraude con tarjeta

La Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado el recurso interpuesto por el Santander Central Hispano en el que justificaba su negativa a devolver a un cliente el dinero que unos delincuentes le sustrajeron mediante el uso fraudulento de una tarjeta de débito.

Los hechos se remontan a julio de 2001, cuando un ciudadano estaba sacando dinero de un cajero automático y un individuo le distrajo diciendo que se le había caído un billete, momento que otro sujeto aprovechó para cambiar del cajero la tarjeta 4B de débito por otra de similares características. A los cuatro días, el titular de la tarjeta se percató del cambio al retenerla el cajero, período en el que los ladrones le robaron más de 3.500 euros, en concepto de dinero en efectivo, recarga de tarjetas de teléfonos móviles y el resto, en compras por Internet.

Cuando el usuario reclamó al SCH el importe sustraído, la entidad sólo le devolvió la cantidad de las compras realizadas por Internet, por lo que los servicios jurídicos de AUSBANC presentaron una denuncia, por la que el juzgado de Primera Instancia número 13 condenó al banco a asumir el pago del robo. Tras el recurso de apelación presentado por el SCH ante la Audiencia Provincial de Sevilla, ésta confirmó la sentencia recurrida, con fecha del 12 de diciembre de 2002.

Según estableció esta resolución, el usuario fue víctima de un fraude y no incurrió en negligencia grave en la utilización de la tarjeta ni en la revelación del número PIN y dado el riesgo inherente que existe en la utilización de instrumentos de pago como las tarjetas, éste debe ser asumido por las entidades bancarias.

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