Los valores que incumplan las normas contables serán suspendidos en Bolsa
La mayor parte de las normas que plantea el borrador de directiva sobre información financiera están ya recogidas, bien en la legislación española, bien en la actuación diaria de la CNMV. Pero algunos aspectos planteados en el texto que maneja Bruselas cambiarán significativamente el funcionamiento de los mercados.
Cuando existan indicios de que una empresa ha incumplido la normativa contable, el regulador del mercado podrá suspender la negociación en Bolsa de sus valores. Las suspensión puede prolongarse por un máximo de 10 días. El texto establece, además, que podrá prohibirse la negociación de valores y decretarse la exclusión de Bolsa en los casos más graves.
Las suspensiones de cotización que decide la CNMV son escasas, y casi siempre están vinculadas a operaciones de compra o venta de paquetes accionariales. Prácticamente nunca se suspende un valor por tener cuentas sospechosas. La exclusión es aún menos habitual, y conlleva un largo trámite. El cambio que baraja Bruselas supone un sensible aumento de las competencias de la comisión.
Hoy por hoy, las competencias de la Comisión a la hora de supervisar resultados se limitan a pedir a las sociedades cotizadas que solucionen posibles irregularidades. De igual modo, cuando la CNMV detecta una salvedad en el informe de auditoría de una empresa cotizada solicita a esta compañía que corrija las cuentas. El organismo que tiene competencias sobre contabilidad es el ICAC, Instituto Español de Auditoría de Cuentas.
Hace unos meses Blas Calzada ya expuso la idea de suspender en Bolsa a las empresas con salvedades en sus auditorías, pero la idea no se puso en práctica. La Ley Financiera ha aumentado las competencias de la comisión y permite en casos excepcionalmente graves que la CNMV acceda a los papeles de trabajo de los auditores.
Esta competencia abarca a todas las empresas bajo supervisión, por lo que abarca tanto a empresas de servicios de inversión como compañías cotizadas.
Pero no contempla sanciones como las propuestas en su día por Calzada. Paralelamente, se hará publico qué compañías han dejado de atender las normas de contabilidad, algo que actualmente no se hace.
La CNMV publica anualmente un informe de las auditorías de las empresas con salvedades, pero no valora por sí misma si los resultados se ajustan o no a la normativa.
Por otro lado, el texto que maneja Bruselas prevé sustituir la presentación de resultados del segundo semestre, los de cierre de ejercicio, por la publicación del informe de auditoría anual de la empresa.
Esta posibilidad estará abierta siempre y cuando dicho informe de auditoría se presente en el plazo de 60 días que se establece el borrador de directiva.
Información accionarial
La nueva directiva es más estricta a la hora de establecer cuando un accionista debe informar al mercado de su participación en una empresa. Tendrán que figurar el aumento en el número de acciones y en la participación en el capital cuando ésta supere el límite establecido, en el 5% del capital. Al tiempo, deberá comunicarse explícitamente a quién corresponden las acciones o los derechos de voto.
Este borrador de directiva, en cualquier caso, está sometido al largo proceso legislativo de la Unión Europea, que puede modificar sensiblemente el texto. Una vez que la comisión haya presentado el proyecto, estará sometido a audiencias públicas antes de tener que ser aprobado por los Estados miembros. Después pasará por el Parlamento Europeo.