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Tribunales

Bruselas denuncia a España por el impuesto de plusvalías de acciones

La Comisión denunció ayer a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por su legislación sobre el impuesto de plusvalías, al entender que sigue aplicando condiciones más favorables a las acciones negociadas en las Bolsas españolas frente a las que cotizan en mercados de otros Estados miembros.

Sin embargo, el Ministerio de Hacienda aclaró ayer en una nota difundida horas más tarde que desde el 1 de enero, día en el que entró en vigor el nuevo IRPF, las plusvalías obtenidas antes de 1999 tienen el mismo régimen fiscal, con independencia de que dichas acciones coticen en Bolsas españolas o extranjeras. Esto quiere decir, a juicio de Hacienda, que la denuncia de Bruselas ya no está en vigor.

Con la entrada en vigor en 1999 de la primera reforma del IRPF se equiparó el régimen fiscal de las plusvalías por acciones a partir de ese año y se estableció un periodo transitorio para las acciones adquiridas antes de 1999, que era de cuatro años para las cotizadas en Bolsas españolas y de ocho años para el caso de los valores adquiridos en mercados extranjeros. Las primeras se beneficiaban de una reducción del 25% del tipo impositivo, mientras que la reducción equivalente para las segundas era del 14,28%.

Por ello, Bruselas consideró, en su momento, que las disposiciones aplicadas en España, antes de la entrada en vigor este año del nuevo IRPF, eran contrarias a los principios de libre prestación de servicios (artículo 49 del tratado de la Comisión Europea) y libre circulación de capitales (artículo 56 del tratado).

Sin embargo, tal y como explicó ayer el Ministro de Hacienda, con el nuevo IRPF de este año se ha equiparado el tratamiento fiscal, con lo que la legislación objeto de la denuncia de Bruselas ya no está en vigor. En cualquier caso, fuentes de Hacienda explicaron que este departamento está estudiando si apelará la denuncia presentada hoy por Bruselas, señala la agencia Europa Press.

Hacienda subrayó que si finalmente prospera dicha denuncia y el Tribunal de Justicia de la UE da la razón a la Comisión Europea, la sentencia obligaría al Gobierno español a modificar su legislación, extremo que ya se ha aplicado en el artículo 35 del nuevo IRPF, mediante el que se equipara el régimen transitorio fiscal de las acciones compradas antes de 1999 y se establece tanto para las que cotizan en Bolsas españolas como en extranjeras, un periodo de cinco años.

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