El Gobierno endurece la normativa sobre movimientos de capitales
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión al Parlamento del proyecto de Ley sobre el régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención de blanqueo de capitales, normativas que se ven endurecidas.
De esta forma, se obliga a declarar todo movimiento de efectivo en territorio nacional superior a 80.500 euros, mientras que el límite para pasar una frontera sin declarar el movimiento de capitales se mantiene en 6.000 euros.
El proyecto de Ley, creado para sustituir la Ley de Control de Cambios de 1979, modifica también la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales, para evitar el blanqueo y la financiación de los grupos terroristas.
Las principales novedades del proyecto de Ley son el aumento del rigor y el control sobre movimientos de efectivo en territorio nacional y en frontera, y el intercambio de información entre la Agencia Tributaria y el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales.
El Gobierno queda habilitado para establecer y precisar reglamentariamente los supuestos que puedan convertirse en excepción.
La regulación para lograr un mayor rigor y control sobre el movimiento de capitales se trasladará al ámbito de blanqueo de capitales y pretende limitar su potencial uso en operaciones de blanqueo del dinero procedente del narcotráfico, delincuencia organizada o terrorismo.
Ayudas para Asturias, Cantabria y País Vasco
El Gobierno ha aprovechado el Consejo de ministros de esta mañana para ampliar a Asturias, Cantabria y País Vasco y a algunos sectores concretos las ayudas para compensar las consecuencias del accidente del petrolero "Prestige".
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley, que modifica el Real Decreto-Ley 7/2002, de 22 de noviembre, por el que se amplía la cobertura de las ayudas directas a otros beneficiarios y se modifica el régimen relativo a los beneficios tributarios.
Se abonarán ayudas directas, complementarias a las concedidas por la correspondiente Comunidad Autónoma, a armadores embarcados, tripulantes de los buques pesqueros, mariscadores en tierra, y rederos, colaboradores de embarcaciones, comercializadores de pescado de primer nivel, operarios de lonjas y fábricas de hielo y personal laboral de las Cofradías de pescadores afectados por la paralización de la actividad pesquera y marisquera. Asimismo se contempla una exención en el IRPF y se amplía la bonificación del 100% en el pago de las cuotas de la Seguridad Social de los empresarios y trabajadores por cuenta propia y ajena a los nuevos colectivos que percibirán las ayudas.
La ayuda complementaria del Gobierno, sumada a la concedida por la correspondiente Comunidad Autónoma, supondrá que cada afectado percibirá 40 euros por día de inactividad.
Contribución estatal a organismos internacionales
El Consejo de ministros ha aprobado también el pago de un total de 35,1 millones de euros, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), para la contribución a organismos internacionales; el montante total será abonado por el ICO.
La parte del león de la ayuda, 33,31 millones de euros, irá a parar a la Asociación Internacional de Fomento en concepto de contribución a varias reposiciones, al fondo provisional y a la contribución especial a la AIF-12.
Los 1,8 millones de euros restantes corresponden a la segunda reposición del fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado.