El Tribunal de la UE se abstiene sobre el secreto bancario luxemburgués
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió ayer no pronunciarse sobre la compatibilidad de la legislación luxemburguesa sobre secreto bancario con las normas de derecho belga de declaración de testigos, al establecer la inadmisibilidad de las cuestiones prejudiciales presentadas por un tribunal belga.
El caso fue instruido en Bélgica por delitos financieros y fiscales, en cuyo transcurso un inculpado y un testigo, ambos empleados de banco en Luxemburgo, se negaron a responder a las preguntas que se les habían formulado, invocando el deber de secreto profesional al que, según el derecho luxemburgués, están sujetos los empleados de banca.
A diferencia del derecho belga, el luxemburgués sanciona penalmente la violación del secreto bancario. No obstante, prevé la exención de esa responsabilidad si la información amparada por el secreto bancario es revelada en el momento de declarar ante los tribunales como testigo.
El juez belga arguye que el conflicto entre la legislación belga sobre declaración testifical y la luxemburguesa en materia de secreto bancario, de ese modo interpretada, constituye un obstáculo para la obtención de pruebas.
Sin embargo, el Tribunal de la UE considera que no se han aportado los elementos necesarios para verificar si la interpretación solicitada es útil para el procedimiento, y recuerda que carece de competencia para formular opiniones consultivas sobre cuestiones hipotéticas.