Ahorrar para el piso y deducir del IRPF
Una de las viejas recetas para reducir la factura con Hacienda en el IRPF es abrir una cuenta de ahorro vivienda antes de final de año. Planificar así la compra del que será el primer hogar permite deducir anualmente, y durante un máximo de cuatro años, el 15% de la cantidad aportada sobre un tope de 9.015,18 euros. Cada año, el ahorro fiscal máximo será de 1.352,28 euros. A pesar de la reforma del IRPF, este beneficio no cambia en 2003.
Si ya se sabe que el año próximo se afrontará la compra de una casa, puede ser interesante abrir ahora una cuenta, aunque no se aprovechen los cuatros años de máximo. Y es que, en el año de la compra, la fuerte inversión superará, con creces, la base máxima de deducción. Abriendo una cuenta ahora, más dinero del destinado a la compra disfruta de este beneficio fiscal al aprovechar dos ejercicios fiscales. Esta deducción se realiza en la cuota del IRPF, esto es, una vez aplicado el tipo de gravamen, por lo que es íntegra y no vinculada al nivel de ingresos del contribuyente.
Para no perder la deducción es esencial que todo el dinero ahorrado se destine a la compra. Si se dispone de parte, la deducción se mantendrá por el resto. Se puede trasladar todo el capital a otra cuenta vivienda sin perjuicio fiscal. Pero no se admite ni tener más de dos cuentas a la vez ni el ahorro en productos como los fondos de inversión. Es importante recordar que estas cuentas son sólo aptas para la primera vivienda habitual.
Amortizar la hipoteca
Pagando al contado o con un préstamo, Hacienda permite deducir por la compra de la primera, segunda o sucesivas viviendas habituales. Esto es, por la casa que se habita durante un mínimo de tres años (se admite menor plazo en casos excepcionales). La deducción general es igual que para las cuentas vivienda. Pero si más del 50% del valor de compra de la casa se financia con un préstamo se podrá acceder a los porcentajes incrementados de deducción. El valor de compra incluye el precio y el resto de gastos (notaría, registro, asesor, impuestos, etc.) pagados. La subrogación del préstamo no tiene consecuencias fiscales. De cara a final de año conviene analizar las cantidades amortizadas. Si el total no llega a 9.015,18 euros, puede ser interesante llegar a este límite, o bien al menor de 4.507,59; para disfrutar de un mayor ahorro fiscal. Ante la segunda o sucesiva compra hay que tener en cuenta que la deducción está limitada a que se invierta en ella más de la cantidad total que sirvió de base para las deducciones por anteriores viviendas.
La hipoteca remunerada, una alternativa
Entre la oferta de hipotecas, la última moda es el préstamo hipotecario remunerado. Por un lado, la entidad cobra un interés sobre el capital concedido (euribor más 0,45%) y, por otro, paga otro interés (también euribor más 0,45%) a partir de un saldo de 3.000 euros.En el IRPF, la base de la deducción por compra de vivienda será la amortización del principal más los intereses pagados. Los intereses que el cliente cobra son rendimiento de capital mobiliario. Como la entidad no compensa el interés que paga y el que cobra, de cara al IRPF no hay impacto fiscal. Esta hipoteca remunerada viene a recoger la vieja táctica de pedir un préstamo aun teniendo el dinero y cubrir los intereses que las entidades cobran con las ganancias obtenidas invirtiendo el capital disponible. Así, aun pudiendo pagar un piso al contado, si se pide un préstamo se aprovecha la mayor deducción del IRPF por financiación ajena. Y el coste de los intereses se cubren, en parte, con el interés de esta cuenta remunerada.