Hacienda exige a la banca información de todas las cuentas opacas desde 1998
La Agencia Tributaria, a través de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), ha pedido a los bancos que operan en el territorio nacional que, en el plazo de tiempo más breve posible, identifiquen a los titulares de todas las cuentas abiertas en las respectivas entidades en los últimos cuatro años. La petición incluye también las cuentas que no hayan tenido retención fiscal previa y 'aquellas que, aunque no hayan sido aperturadas sic por terceros, se pongan de hecho a su disposición para efectuar movimientos de fondos o realizar cualquier tipo de operación, incluyendo, en su caso, las cuentas transitorias o cualesquiera otras identificadas mediante sistemas internos de esa entidad y las de corresponsalía o similares establecidas con otras entidades financieras'.
Los recientes escándalos derivados de la existencia de cuentas ocultas en la filial del BBVA, Privanza, y las del HSBC vinculadas a Gescartera han sido los detonantes de la actuación puesta en marcha por Hacienda entre los meses de julio y octubre pasados. De hecho, la primera solicitud de información se dirigió al banco que preside Francisco González en relación con su filial Privanza. Posteriormente, la ONIF hizo extensiva la exigencia de información a 14 entidades, tanto nacionales como extranjeras que operan en España. Ante la alarma desatada en las entidades, sorprendidas por la naturaleza de la petición -Hacienda solicitaba tradicionalmente la identificación de todas las cuentas con retención sobre los rendimientos de sus titulares, incluidas las de los no residentes-, se produjo una mediación de la AEB.
Opción de recurrir
En las reuniones que se mantuvieron en la AEB para tratar el asunto, algunos bancos, disconformes con las nuevas exigencias, llegaron a proponer la interposición de un recurso. Finalmente triunfó la tesis contraria. 'Se decidió no recurrir porque se entendía que Hacienda estaba en una situación muy comprometida por el caso HSBC, y si no se colaboraba, nadie nos garantizaba que no nos encontráramos con una medida conminatoria en la Ley de Acompañamiento', asegura una fuente que estuvo presente en la reunión.
De este modo, aunque el respaldo legal de la petición de Hacienda era muy endeble -de hecho, la habilitación legal en la que descansa su petición aún no está aprobada por el Parlamento-, los bancos se aprestaron a proporcionar los soportes magnéticos de los últimos cuatro años, a cambio, básicamente, de que Hacienda renunciara a hacer efectivos los plazos conminatorios de respuesta, que para las primeras 14 entidades hubieran vencido el pasado 15 de octubre.
Tanto fuentes de la AEB como de la Agencia Tributaria han señalado a este periódico que las peticiones cursadas entran dentro de lo que se puede considerar normal. Desde Hacienda se argumenta que 'hace unos años ya se solicitaba esta información, pero que poco a poco fue cayendo en desuso por falta de reglamentación concreta'. No obstante, fuentes bancarias mostraron su extrañeza 'por el volumen de información reclamada y porque se hubiera generalizado a todos los bancos'.
Cuentas transitorias
Una de las peticiones que más ha preocupado a los bancos ha sido la que se refiere a las operaciones realizadas contra las cuentas transitorias o de corresponsalía. En general, el titular de estas cuentas es el propio banco y su uso está limitado a operaciones internas de la entidad. En este sentido, la petición está estrechamente relacionada con la operativa llevada a cabo en España por la filial del banco HSBC en relación con el escándalo de Gescartera.
De hecho, según aseguran fuentes conocedoras del caso, la identificación de algunos de los titulares de las 136 cuentas opacas abiertas por el HSBC en España se pudo detectar porque sus titulares transfirieron fondos desde cuentas personales a la cuenta de corresponsalía abierta en nuestro país por la entidad.
Sin embargo, la mayor parte de los apuntes contables en las cuentas numeradas en la filial española, cuyos titulares permanecen todavía en el anonimato y protegidos por el secreto bancario suizo, se hicieron entre las cuentas de corresponsalía de la filial suiza del HSBC y la del banco español correspondiente.
En todo caso, la intención última de Hacienda es la de intentar, sin que ello suponga una criminalización de la banca, poner coto a la evasión fiscal, dirigida generalmente hacia paraísos fiscales, que se produce mediante la utilización por parte de algunos contribuyentes de cuentas bancarias que, incluso legalmente, permanecen fuera del alcance de la inspección fiscal.
Algunas fuentes bancarias califican la iniciativa de Hacienda de positiva, aunque manifiestan sus dudas respecto a la calidad de la información que se vaya a suministrar. También cuestionan la capacidad de la agencia a la hora de tratar la masa de información requerida.
La Ley del IRPF se cambió para dar soporte legal al requerimiento
Hasta ahora los bancos sólo están obligados a facilitar a Hacienda información sobre los titulares de cuentas sometidas a retención fiscal, es decir, aquellas en las que se percibe remuneración. Las cuentas sin retribución y por lo tanto sin retención estaban, por el contrario, exentas de este control. También están obligados a identificar periódicamente a las personas autorizadas en las cuentas de los no residentes. Para subsanar el vacío legal Hacienda ha conseguido introducir una disposición adicional en el proyecto de Ley del IRPF, devuelto ya por el Senado para su aprobación inminente por el pleno del Congreso, que le proporciona la habilitación legal necesaria para reclamar a las entidades financieras la identificación de los titulares de las cuentas de residentes no sometidas a retención. Según un portavoz del ministerio, con los nuevos requerimientos de información se trata de 'dejar claro que hay que informar sobre todas las cuentas, porque éstas pueden utilizarse para ocultar irregularidades fiscales'. La misma fuentes afirma que el objetivo final 'es mejorar el control'. Además de esta habilitación adicional, que deberá ser precisada en el real decreto que desarrolle la Ley del IRPF, la inspección de Hacienda contará también, a partir del 1 de enero, con toda la cobertura legal para solicitar a los bancos la identificación de los titulares de todas las cuentas de no residentes que tampoco hayan registrado retenciones, según una norma que fue aprobada ya en 2001 y que entra en vigor al inicio del año próximo. No se descarta que finalmente las exigencias de información que tienen que ver con la operativa a través de cuentas transitorias o de corresponsalía no conlleven un requisito específico de periodicidad, sino que Hacienda las pueda pedir de una forma individualizada y cuando lo considere procedente.