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Reglamento

Bruselas aprueba un nuevo régimen de ayudas estatales de fomento del empleo

La Comisión Europea ha aprobado un Reglamento sobre ayudas al empleo por el que los Estados miembros podrán conceder ayudas a la creación de empleo y a la contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados sin contar con autorización previa de Bruselas.

Según el Reglamento, que crea un mecanismo de exención por categorías para determinadas clases de ayuda estatal, dentro de ciertos límites cuantitativos, los gobiernos podrán hacerse cargo por un año del 50% de los costes salariales y las contribuciones obligatorias a la Seguridad Social cuando se trate de parados de larga duración y de otros trabajadores desfavorecidos.

Por trabajador desfavorecido se entiende a toda persona de menos de 25 años, mayor de 50 años, desempleado de larga duración, trabajadores emigrantes y miembros de minorías étnicas, padres solteros, toxicómanos y antiguos presos, toda persona que se reincorpore a la vida laboral tras más de dos años de ausencia y cualquier mujer de una zona de elevado desempleo.

En el caso de los trabajadores discapacitados, cuya definición queda en manos de los Estados miembros, la asunción de costes podrá llegar hasta el 60%. Podrán concederse ayudas para compensar su menor productividad y para adaptar los locales de la empresa y ofrecer una asistencia especial.

No obstante, para las ayudas de fomento del empleo se imponen también límites máximos para evitar el riesgo de que las subvenciones vayan a parar a empresas que de todos modos hubieran creado empleo o de que se produzcan efectos de sustitución.

Además, este nuevo Reglamento, que expirará en 2006, no prejuzga otros tipos de ayudas al empleo, pero tales medidas deberán ser notificadas individualmente a la Comisión, que las examinará caso por caso.

El comisario de Competencia, Mario Monti, considera que con esta normativa se da respuesta a la aspiración de los Estados miembros a que se reduzcan las subvenciones a empresas concretas, que son las que conllevan un mayor riesgo de falseamiento de la competencia. "Hay que dar prioridad a las ayudas que no benefician sólo a una u otra empresa concreta, como las ayudas generales al empleo, a las PYME y al capital riesgo", añadió.

Bruselas confía en que este Reglamento facilite la aplicación del "compromiso de Lisboa" entre la necesidad de garantizar la igualdad de condiciones de competencia entre las empresas y la de crear verdaderos incentivos a la contratación en la UE de determinadas categorías de trabajadores, como los parados de larga duración, los jóvenes y los parados de mayor edad.

El fomento del empleo es una de las principales preocupaciones de los Gobiernos nacionales de la Unión Europea, pero el problema es especialmente grave en el caso de los parados de larga duración, los trabajadores menos cualificados, los parados de mayor edad, los jóvenes que buscan su primer trabajo, las minorías y las personas discapacitadas.

Actualmente, muchas medidas de fomento del empleo no constituyen ayudas estatales, como por ejemplo las que se conceden directamente a los parados o las que se conceden indiscriminadamente a todas las empresas en un país, por lo que el Reglamento se refiere a las medidas selectivas, que solamente pueden aplicarse en determinadas regiones o sectores.

Cubre las ayudas a la creación de nuevos puestos de trabajo y las ayudas destinadas a promover la contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados, pero también las destinadas a conservar puestos de trabajo ya existentes o las ayudas para fomentar el reparto del trabajo, que no prohíbe pero que deben ser notificadas a la Comisión para que ésta evalúe su efecto sobre la competencia.

Dado que a las pequeñas empresas les resulta más gravoso contratar personal, estas empresas podrán recibir más ayuda que las medianas. En cambio, como las grandes compañías no tienen esa desventaja, no se permitirán las ayudas a grandes empresas situadas fuera de regiones asistidas. En términos porcentuales, los niveles de ayuda son idénticos a los fijados para las ayudas a la inversión por las normas aplicables a las pyme.

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