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Hipotecas

La UE critica a la banca española por no unirse al código de conducta

La Comisión Europea aseguró ayer que ninguna entidad española dedicada a los préstamos a la vivienda se ha adherido al código de conducta europeo para este sector, un texto voluntario aprobado en marzo de 2001 que pretende 'garantizar al consumidor la transparencia y la posibilidad de comparar informaciones' para fomentar la competencia entre países de la UE.

Según los datos publicados ayer, 3.600 establecimientos en toda la Unión Europea han hecho suyo el código de conducta para la concesión de préstamos.

Sin embargo, Bruselas lamentó que la cobertura geográfica del documento no sea completa, dada la 'ausencia total de establecimientos españoles' y la muy escasa presencia de entidades financieras francesas, que también parecen reticentes a adoptar las normas propuestas.

En el caso español, las entidades 'esperan la publicación de un texto ministerial' por parte del Gobierno español que 'parece inminente', según explicó la Comisión. Asimismo, aseguró que continúa el diálogo tanto con las autoridades españolas como con las francesas para 'llegar a una adhesión masiva de sus establecimientos en los plazos más breves'.

Respecto a las entidades financieras francesas, el Ejecutivo comunitario indicó que 'parece que ha comenzado un movimiento de adhesión', aunque también apuntó que la situación está 'aún lejos de ser satisfactoria'.

Por su parte, las entidades británicas que ya se han registrado en el código han anunciado que no empezarán a aplicarlo hasta el año 2004, a la espera de una norma nacional que actualmente está en preparación.

Información al cliente

Bruselas presentará en el primer trimestre de 2003 un informe sobre la aplicación efectiva de las disposiciones de este código.

Las empresas que lo adopten estarán obligadas a facilitar a sus clientes potenciales información general sobre sus productos e informaciones personalizadas bajo un formato específico de Ficha Europea de Información Estandarizada.

Esta ficha debe contener información sobre el producto crediticio en sí, el tipo de interés nominal y el tipo de interés efectivo global, el montante del préstamo, su duración, las posibilidades eventuales de reembolso anticipado y los métodos de recurso posibles. El código fue aprobado en marzo de 2001 y firmado por cinco asociaciones europeas de consumidores y seis asociaciones del sector de crédito.

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