El Tribunal de la UE rechaza conceder el derecho de recurso a los particulares
Las personas físicas o jurídicas seguirán sin poder presentar recursos de anulación contra las directivas o reglamentos comunitarios, según sentenció ayer el Tribunal de la Unión Europea. El fallo clausura la incipiente vía de apelación abierta por una sentencia anterior, del 3 de mayo, en la que el tribunal de primera instancia se apartó de la jurisprudencia habitual. La sentencia ha causado estupor en numerosos despachos de abogados, donde se esperaba que el tribunal confirmara la modificación radical de su jurisprudencia, máxime después de que el propio abogado general hubiera defendido esa opción. El tribunal justifica su veredicto en que sería necesario modificar el Tratado de la UE para establecer un nuevo sistema de apelación y en que el recurso directo de anulación conduciría al juez comunitario a interpretar el derecho procesal nacional.
En la actualidad, los particulares no pueden recurrir una norma comunitaria salvo que resulten individualmente afectados por ella, una circunstancia casi excepcional en una disposición de carácter general.
La sentencia de mayo del tribunal de primera instancia concedió el derecho de recurso a una empresa francesa que se consideraba afectada por un reglamento general. Aquel auto disparó las expectativas entre asociaciones, organizaciones no gubernamentales y despachos de abogados, que veían entreabrirse una vía de recurso directo ante las instancias judiciales comunitarias. 'No hubiera sido tan extraño, porque en nueve países de la UE, entre ellos España, ya existe esa posibilidad a nivel nacional', afirma decepcionado el abogado de un despacho internacional especializado en derecho comunitario. El tribunal cerró ayer de golpe esa posibilidad. 'Se han asustado ante la posibilidad de una avalancha de recursos, que podría ser especialmente grave en una Unión de 25 Estados'.
Para otros profesionales de la abogacía, sin embargo, el tribunal se ha limitado a ratificar una jurisprudencia que se basa en el principio general de que los particulares deben presentar sus recursos ante instancias nacionales.