El Supremo dicta que los notarios son responsables de los actos de sus empleados
Es la cabeza visible de la notaría y, por lo tanto, es responsable de todos los actos e incumplimientos de quienes trabajan en ella. El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que condena a un notario porque uno de sus empleados no envió al Registro de la Propiedad la escritura de una hipoteca con el consiguiente perjuicio económico para su titular.
El fallo, publicado por la editorial jurídica El Derecho, explica que el fedatario 'actuó correctamente en la función profesional que le competía' al autorizar una escritura de constitución de hipoteca unilateral como garantía de 10 obligaciones hipotecarias. A consecuencia de esa escritura se confeccionaron unos títulos de doble matriz 'y de esa doble matriz no hubo toma de razón en el Registro de la Propiedad, gestión que se asumía normalmente por la notaría'.
El tribunal afirma que la omisión de esa diligencia provocó que se pudiese cancelar la hipoteca 'por impulso de un tercero ajeno a la presente cuestión, sin haberse cumplido sus fines para la parte demandante'.
Perjuicios causados
Para el Tribunal Supremo, las notarías son complejos unitarios de actividad profesional 'a cuya cabeza y para su dirección se encuentra el notario'. Por este motivo, el fedatario debe responder de los perjuicios causados por las personas que tenga empleadas y con ocasión de funciones propias.
Así, según el tribunal, esas funciones 'deben alcanzar también a aquellas incidencias que tengan su origen o su marco en el desempeño de la actividad y que se hallen racionalmente vinculadas a ella, sobre todo, a pesar de que alguna doctrina científica moderna no lo exige, cuando es el empleado o afecto a la notaría el que incurrió en la negligencia de omitir el diligenciamiento antedicho'.
La sentencia dictada por el tribunal condena por ello al notario a indemnizar a los perjudicados 'en su doble vertiente de daño emergente y lucro cesante'.