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UE

Bruselas insta a España a modificar normas del IVA sobre subvenciones

La Comisión Europea pidió ayer formalmente a España, Italia y Bélgica que modifiquen algunas prácticas incompatibles con la normativa sobre el impuesto sobre el valor añadido (IVA). En el caso de España, la Comisión envió, como a los otros Estados, un dictamen motivado (la segunda fase en el procedimiento de infracción) en relación con la limitación del derecho a deducción en caso de percepción de subvenciones.

La sexta directiva sobre el IVA permite a los Estados miembros 'incluir las subvenciones en el denominador para calcular la prorrata de deducción aplicable a los sujetos pasivos que ejercen a la vez actividades que dan derecho a deducción y actividades exentas'. España, según explicó la Comisión Europea, hizo uso de esa facultad, 'si bien aplica una prorrata a los sujetos pasivos aún cuando sólo realicen operaciones gravadas únicamente por el hecho de que reciben subvenciones'. Además, recordó Bruselas, la legislación española 'establece una limitación al derecho a deducción cuando se adquieren bienes por medio de una subvención en capital'.

Estas normas, afirmó el Ejecutivo comunitario, 'contravienen un derecho fundamental en materia de IVA, que consiste en el derecho a deducción tal como se recoge en el artículo 17 de la sexta directiva sobre el IVA'. En el caso de que no obtenga en dos meses una respuesta satisfactoria, tanto de las autoridades españolas como de las belgas e italianas, la Comisión podría recurrir al Tribunal de Justicia.

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