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Incentivos

El Tribunal del País Vasco apoya a La Rioja y anula las vacaciones fiscales

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha propiciado un nuevo revés judicial a unos incentivos tributarios a la inversión empresarial que las autoridades de Euskadi pusieron en marcha en 1993, popularmente conocidos como las 'vacaciones fiscales'. Antes, la Comisión Europea, en diciembre de 2001, declaró ilegales estos incentivos, aplicados por las tres haciendas vascas, las de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya. Ahora, el TSJPV ha anulado también esa norma y ha dado la razón a la comunidad autónoma de La Rioja, que la recurrió en su día. Las citadas vacaciones fiscales, que implicaban una exención del impuesto de sociedades durante 10 años para las empresas de nueva creación con una inversión de más de 480.800 euros que generaran más de 10 empleos, no están ahora en vigor. Contra la sentencia, las diputaciones y el Gobierno vasco podrán interponer un recurso de tasación ante el Tribunal Supremo.

La sentencia del TSJPV contempla dos elementos. En primer lugar, rechaza que La Rioja no esté legitimada para recurrir como afectada y, en segundo término, anula las propias vacaciones fiscales.

Más allá del tema formal, la citada resolución incide en que la medida (vacaciones fiscales) es 'desproporcionada e idónea para obtener fines legítimos de promoción económica, por ser susceptible de afectar indirectamente a la libre circulación de personas y bienes, y a la originación de unas ventajas competitivas inasumibles', según el texto legal.

En cualquier caso, la decisión del TSJPV no cuestiona la capacidad de las haciendas forales para ejercer sus competencias fiscales, aunque sí denuncia sus excesos. Así, considera que la medida quiebra la 'igualdad' y es inadecuada para los fines que persigue. Además, ese tribunal estima que la medida puede inducir a las empresas a que trasladen de lugar su actividad económica. En el caso de La Rioja, el fabricante de envases Ramondín trasladó su factoría de esta comunidad a Álava.

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