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Internet

Los registradores certificarán su firma digital a partir de julio

Entre las muchas revoluciones que ya está provocando la implantación de la firma electrónica, habrá que añadir a partir de ahora una más. La de hacer olvidar de una vez por todas la vieja imagen del fedatario público sepultado en su despacho bajo el peso de cientos y cientos de polvorientas escrituras.

Así, tal y como explicó ayer el vicedecano del Colegio de Registradores, Juan Segoviano, el proceso de informatización de los registros públicos españoles culminará en menos de un mes con la puesta en marcha del sistema de firma electrónica avanzada, aquella que técnicamente es imposible de manipular.

La iniciativa de los registradores, que aseguran les convierte en la segunda entidad de certificación de firma electrónica española, tras la Fábrica de la Moneda y Timbre, permitirá a particulares y representantes de empresas firmar y enviar sus documentos a los registros a través de la Red.

Según afirmó durante la presentación el vicedecano, los primeros destinatarios del servicio serán los organismos públicos -Agencia Tributaria y Seguridad Social, entre otros- y las más de 200.000 empresas que depositan actualmente sus cuentas en soporte digital (disquete) y que, presumiblemente, acogerán muy bien la medida. Entre las características de la rúbrica, que permitirá firmar y enviar documentos en tiempo real los siete días de la semana a cualquier hora, destaca el hecho de que se trata de un sistema compatible con los de otros certificadores de firmas. 'Pretendemos que cualquier prestador de servicios de certificación pueda acceder a nuestro sistema, no queremos tener un monopolio', explicaron fuentes del colegio.

Además, el sistema permitirá saber en tiempo real si el certificado de la persona que ostenta una firma electrónica en nombre de su empresa ha sido revocado o si su certificado ha caducado, lo que garantizará la seguridad jurídica de las transacciones realizadas con la rúbrica. Según explicó Segoviano, la puesta en marcha de la firma digital abaratará y agilizará de forma espectacular los servicios de los registros. Para la obtención de la firma, el particular o el representante de una empresa deberá acreditar su identidad ante cualquier Registro Mercantil, el cual le facilitará la tarjeta con el certificado, que componen la rúbrica.

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