_
_
_
_
Tribunal Supremo

Un fallo limita a 48 horas la jornada de los médicos de los hospitales públicos

El Tribunal Supremo ha establecido que los médicos de hospitales tienen derecho a la 'jornada máxima comunitaria', una jornada semanal de no más de 48 horas, y a tener la cualidad de trabajadores a turnos en el caso de que realicen guardias, según ha informado el presidente del Sindicato de Médicos de Asistencia Pública, Juan Benedito, informa Europa Press.

El sindicato ha interpuesto sendos recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, 'por la evidente discriminación del colectivo de médicos', en los que piden que estos profesionales 'no sean tratados como ciudadanos de segunda clase y se establezca para ellos la jornada máxima española de no más de 48 horas'. De esta forma, según indicó Benedito, el Tribunal Supremo, en una resolución del 1 de abril de 2002, 'ha establecido que la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el asunto Simap, que en conclusión decía que los médicos están incluidos dentro de la aplicación de la Directiva Europea 93/104 sobre ordenación del tiempo de trabajo, es aplicable a los médicos de los hospitales, al igual que en sentencia de 4 de octubre de 2001 la declaró aplicable a los médicos de los centros de salud'.

Con ello, afirmó Benedito, 'han quedado desestimadas las tesis de la Consejería de Sanidad' y la sentencia europea 'ya es de aplicación a todos los médicos españoles, trabajen tanto en centros de salud (atención primaria) como en hospitales (atención especializada)'.

Más información

Archivado En

_
_