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Pleito

El Supremo deniega a Caja España el registro de su marca

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que confirma que Caja España no puede utilizar esta marca porque produce confusión a los clientes, 'pues con facilidad se asociaría a una entidad financiera de ámbito nacional y naturaleza oficial', tal y como determinó en su día el Registro de la Propiedad Industrial.

De esta forma, el tribunal rechaza el recurso presentado por la entidad Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad contra la denegación de la inscripción de la marca Caja de Ahorros de España para servicios financieros en general y servicios propios de una caja de ahorros en especial. En su sentencia, el Supremo explica que su ámbito regional de actividad preferente se desarrolla en la región a la que pertenece por su origen (León, Palencia, Valladolid y Zamora) y aunque pueda extenderlo al resto de España, 'no concuerda con la denominación España, que obviamente alude a todo su territorio'.

La asesoría jurídica de la caja castellano-leonesa minimizó ayer la trascendencia de esta sentencia y aseguró que la entidad podrá seguir usando 'con exclusividad' su denominación Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, así como las marcas Caja España y Caja España seguida del anagrama del toro. El motivo es el hecho de que la entidad tiene 'dichas marcas registradas en la Oficina de Armonización del Mercado Interior, cuya eficacia alcanza a todos los países miembros de la UE'.

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