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Presupuestos vascos

El Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno contra los presupuestos vascos

El Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la Ley 1/2000 por la que se aprobaban parcialmente los presupuestos de la Comunidad Autónoma Vasca para el año 2002.

En una providencia notificada al Congreso, el TC admite a trámite el recurso y emplaza al Congreso, al Senado, al Gobierno vasco y al Parlamento de Vitoria para que en el plazo de quince días puedan personarse en el proceso y hacer las alegaciones oportunas.

El Gobierno considera que los presupuestos del País Vasco para el año 2002 vulneran varios principios constitucionales al no incluir "la totalidad" de los ingresos y gastos de esa administración y crean una situación "objetivamente confusa" que afecta a la seguridad jurídica de los ciudadanos. Esos son algunos de los argumentos que emplea en su recurso contra la Ley 1/2002 del País Vasco por la que se aprobó una parte de los presupuestos de la comunidad ante la imposibilidad de lograr el apoyo de la cámara autonómica para el texto completo.

El pasado 23 de enero, el Parlamento vasco aprobó parte (aproximadamente el 70% en cuantía) de los presupuestos, por lo que el ejecutivo autónomo decidió prorrogar las partes no aprobadas (el otro 30%, entre ellas Interior) y complementarlas con unas cantidades adicionales que se incluyeron en una ley complementaria, que se aprobó en marzo. La aprobación de esta ley fue apoyada por los grupos que sustentan al Ejecutivo, PNV, EA e IU/EB, y rechazados por el PP y Batasuna, y fue posible porque los parlamentarios socialistas se abstuvieron.

En su recurso, el ejecutivo explica que el día 1 de enero, al no haber sido aprobada la Ley de Presupuestos, entró en vigor de forma automática la prórroga de los anteriores. Unas semanas más tarde, el Pleno del Parlamento aprobó la Ley 1/2002 "innominada, por carecer de título" y que consta de 14 artículos, nueve disposiciones adicionales y dos anexos. Para el Gobierno central esa ley, que incluye sólo "algunas normas relativas al estado de ingresos y gastos y la aprobación de determinadas secciones", vulnera la Ley Orgánica de Financiación de las CCCAA (LOFCA), que establece que los Presupuestos de las Comunidades Autónomas "incluirán la totalidad de los gastos e ingresos de organismos y entidades integrantes de la misma".

También, en opinión del Gobierno, se incumplen disposiciones del propio estatuto de Autonomía y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y no cumple el contenido mínimo imprescindible que debe tener una norma de esas características. Además, para el Gobierno central, viola el principio de seguridad jurídica que consagra el artículo 9.3 de la Constitución ya que "incide en el ordenamiento jurídico creando una situación objetivamente confusa y dificultando la precisión de cuál es el derecho aplicable y las normas vigentes".

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