El Congreso aprueba la jubilación flexible, que iniciará su trámite en el Senado
El PP introdujo el pasado 7 de mayo una quincena de propuestas, entres las que se incluía una para limitar a un 10% el incremento máximo de la pensión de la que se beneficiarán los trabajadores que retrasen su jubilación más allá de la edad legal de 65 años.
El proyecto de ley original establecía que los trabajadores podrían ver mejorada su pensión en un 2% de la base reguladora por cada año que retrasaran su retiro más allá de los 65 años, porcentaje que los socialistas querían que se duplicara y pasara al 4%.
El PP, sin embargo, incorporó modificaciones para que la base reguladora de las pensiones en estos supuestos no sea nunca superior al 110%. Es decir, que a partir de los 70 años de edad, los trabajadores no verán incrementada su pensión por mucho tiempo que permanezcan en el mercado laboral.
Tras su paso por el Congreso, el proyecto de Ley de la bautizada jubilación 'a la carta' iniciará su andadura en el Senado y, de incluirse nuevas modificaciones, tendrá que volver a la Cámara Baja. En caso de no haber cambios, el sistema de jubilación flexible irá directamente al Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Pleno rechazó hoy las tres enmiendas que presentó CiU relativas a los discapacitados, pese a que la formación catalana confiaba en que el PP aceptara alguna. La primera implicaba prácticamente la creación de un régimen de jubilación anticipada propio para este colectivo, similar al que en la actualidad existe para determinados grupos de empleados por la especial dureza o circunstancias del trabajo, como sucede en la minería o la pesca.
La segunda propuesta tenía que ver con una regulación clara del derecho del discapacitado a acceder a una prestación de incapacidad, en absoluta igualdad de condiciones que cualquier otro ciudadano, tanto cuando se haya producido un agravamiento de las dolencias anteriores al inicio de la actividad como cuando la realización de un trabajo que antes le era posible al discapacitado se vuelve imposible para él.
La tercera enmienda perseguía facilitar la integración en la vida laboral de los discapacitados. En ella se proponía la compatibilidad entre la pensión de invalidez no contributiva y la renta de la posible actividad profesional que realice el discapacitado, al menos hasta el límite del salario mínimo interprofesional. A partir de este límite, la prestación se reduciría en una cantidad igual al 50 % del importe del salario o renta percibidos por encima de tal cuantía.