_
_
_
_
Indulto

El Poder Judicial acuerda el reintegro inmediato de Liaño en la judicatura

Javier Gómez de Liaño volvió ayer a ser juez. Así lo decidió el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por 12 votos a favor y 9 en contra. Gómez de Liaño deberá ahora solicitar destino en el primer concurso de traslados que se convoque para miembros de la carrera judicial con cargo de magistrado, tal y como señalaba el Real Decreto de 1 de diciembre de 2000 por el que el Gobierno le indultó.

Eso sí, no podrá regresar a la Audiencia Nacional en un periodo de 25 años, ya que era uno de los requisitos del indulto.

Según la decisión del pleno del Consejo del Poder Judicial, el indulto de Liaño no ha supuesto la cancelación de los antecedentes penales del magistrado ni su perdón. Sin embargo, el Pleno considera que es posible que el juez vuelva a la judicatura pese a contar con antecedentes, 'ya que la Ley Orgánica del Poder Judicial, tras la reforma de 1994, no lo impide'.

Según el Poder Judicial, el interesado ha vuelto a ser juez, y como ya lo es, puede pedir el traslado sin necesidad de empezar todo el proceso de acceso a la carrera judicial desde cero.

A favor de la vuelta de Liaño a la judicatura votaron el presidente del Consejo, Francisco Hernando, los 10 vocales propuestos por el PP y el de CiU, Josep Alfons López Tena, mientras que votaron en contra los 8 vocales designados a iniciativa de PSOE e IU, y el independiente Agustín Azparren.

La minoría consideró que Liaño no podía reintegrarse a la carrera judicial hasta que cancele sus antecedentes penales, lo que entienden que no sucederá hasta diciembre del año 2005.

Gómez de Liaño está apartado de la carrera judicial desde el 19 de junio de 1998, es decir, hace casi cuatro años, cuando el Consejo del Poder Judicial acordó su suspensión cautelar al ser procesado por prevaricación en la instrucción del denominado caso Sogecable, cuando era juez de la Audiencia Nacional.

La suspensión temporal se convirtió en expulsión definitiva como consecuencia de la condena dictada contra él, el 15 de octubre de 1999, por la Sala Segunda del Supremo, que le impuso una pena de 15 años de inhabilitación, con pérdida de la condición de magistrado, por un delito continuado de prevaricación, así como una multa de 540.000 pesetas.

El 1 de diciembre de 2000, el Consejo de Ministros concedió el indulto a Liaño, especificando que suponía el reintegro en la carrera judicial. La aplicación del indulto derivó en un conflicto entre el Gobierno y el Supremo, ya que el alto tribunal estableció que podía perdonarse la inhabilitación, pero no la expulsión de la carrera judicial, al tratarse de una pena ya ejecutada. En junio de 2001, el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción dio la razón al Ejecutivo al señalar que era el competente para fijar el alcance del indulto.

El pasado 21 de febrero, Liaño pidió por escrito al Consejo del Poder Judicial su reintegro en la judicatura, basándose en el indulto que le concedió el Gobierno y en la resolución del Tribunal de Conflictos.

Más información

Archivado En

_
_