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Columna
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Cuentos a cuenta del desempleo

Antonio Gutiérrez Vegara sostiene que la reforma de las ayudas al desempleo que prepara el Ministerio de Trabajo contribuye a la fractura del diálogo social. En opinión del autor, no servirá para combatir el fraude en el paro

Cuando la caída en la creación de empleo provocó un ligero repunte de las prestaciones por desempleo en el cuarto trimestre del año pasado, volvió a lanzarse desde el Ministerio de Trabajo el recurrente discurso acerca del fraude en el seguro de paro que siempre ha precedido a su recorte, y así se advirtió desde estas mismas páginas.

Las primeras medidas se incluyeron en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos, amparándose en una ambigua referencia del Acuerdo de Pensiones suscrito en abril de 2001 por el Gobierno, CEOE y CC OO, dirigida a combatir el abuso fraudulento de la incapacidad temporal y pensiones de invalidez.

Entre otras disposiciones, que violentaban la letra y a buen seguro la voluntad también de alguno de los firmantes de aquel acuerdo, el Gobierno estableció en la ley que a quienes estando de baja por enfermedad se les terminara su contrato de trabajo se les pasaba automáticamente a la situación de desempleo, pasando a cobrar la prestación correspondiente -inferior a la retribución por incapacidad temporal- y en consecuencia a consumir las cantidades del seguro de paro y el periodo de cobertura al que se tuviera derecho en función de las cotizaciones aportadas por el trabajador el tiempo que hubiera estado trabajando.

Una medida que está perjudicando a miles de personas desde principios de este año, especialmente mujeres trabajadoras con contratos temporales que han sufrido además alguna enfermedad, generalmente como consecuencia del tipo de trabajo que realizan. Es injusta porque anula un derecho general con el pretexto de luchar contra el fraude a la Seguridad Social -que debe ser combatido como cualquier otro, con los medios de inspección necesarios para detectar los casos particulares, pero sin que paguen justos, que son los más, por pecadores, que son minoría- y más que cuestionable jurídicamente, puesto que no se puede asimilar la baja laboral, definida legalmente como la contingencia en la que no se está en condiciones de trabajar, con la de desempleo, que justamente se define al revés, esto es, como la situación en la que se está disponible para trabajar.

Otro recorte de prestaciones impuesto en la Ley de Acompañamiento ha sido la reducción a la mitad de la base reguladora de las pensiones de invalidez de trabajadores mayores de 65 años que hubieran tenido que seguir en activo por no reunir cotización suficiente para jubilarse.

Ahora, siguiendo la misma orientación de rebajar el gasto social -al tiempo que se aprueba otro aumento del gasto fiscal con la nueva reforma del IRPF- y recurriendo a la misma fabulación sobre el fraude, se ha presentado un paquete de medidas que mezcla otra vuelta de tuerca en la reforma laboral, abaratando el despido improcedente, con el endurecimiento de los requisitos para mantener la protección por desempleo y el desmantelamiento paulatino del subsidio agrario.

Eliminar los salarios de tramitación correspondientes al tiempo que transcurra entre el despido sin causa objetiva ni justa hasta que se produzca el fallo judicial, no facilitará la contratación indefinida, como argumentaba el secretario general de Empleo en una entrevista publicada el lunes pasado en este diario. Otorgará mayor impunidad a las empresas en los casos de despidos improcedentes descargando buena parte de sus consecuencias sobre los propios despedidos, quienes, además de ver reducidas sus indemnizaciones, perderán cotizaciones y agotarán antes su seguro de paro. Simultáneamente alentará la destrucción de empleo al primer síntoma de cambio de ciclo e incluso en coyunturas de incertidumbre como la presente.

Tampoco es cierto que no se modifiquen los requisitos de acceso al subsidio, puesto que se computará a tales efectos el total de la indemnización recibida y los rendimientos teóricos del patrimonio, aunque no se traduzcan en ingresos reales periódicamente. Esta disposición afectará gravemente a personas mayores de 52 años y a quienes vayan al paro a raíz de un expediente de regulación y, en general, supondrá tratarles con mayor severidad como parados que como contribuyentes -la indemnización sólo tributa por el exceso respecto de la cuantía establecida legalmente y se considerarán como obstáculo para cobrar el paro las rentas potenciales que no cuentan a efectos fiscales-.

Excluyen a colectivos enteros como los que tengan contratos de inserción y a buena parte de los fijos discontinuos y se penaliza a los trabajadores temporales por un fraude que cometen aquellos empresarios que les despiden antes de que puedan disfrutar las vacaciones a que tendrían derecho. Se cierra el ingreso al subsidio agrario y se discrimina a los eventuales de la agricultura en el nuevo sistema contributivo.

Todas éstas y muchas más medidas son las que han provocado una honda fractura del diálogo social a cuento de un fraude que ni se combate como se debiera ni es creciente, sino decreciente en los últimos años como reflejaban los datos del propio Inem publicados recientemente -apenas roza el 7%-. Menos fundamento tiene todavía la diatriba lanzada por el presidente del Gobierno contra quienes, según él, 'quieren vivir sin trabajar a costa de los demás'. Los datos le desmienten, ya que la inmensa mayoría de parados no agotan el desempleo y poca vida pueden asegurarse cuando el periodo medio de duración está en seis meses y medio o con subsidios de 55.000 pesetas al mes (330,5 euros).

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