El Gobierno pone en marcha una Ley Financiera diseñada para evitar el fraude
El texto que el Gobierno ha remitido al Congreso está muy influenciado por los problemas derivados de los escándalos de Gescatera y Enron.
La capacidad normativa de la CNMV, la dureza con las auditorías dudosas, la información privilegiada y, en definitiva, la protección del inversor son los pilares de la Ley Financiera. Durante su redacción se han caído algunos elementos como la despolitización de las cajas, que se incluirá vía enmienda, o el defensor del cliente de las entidades financieras, pero se han añadido elementos al hilo de Enron y Gescartera.
De hecho, la norma incluye todas las recomendaciones de la comisión parlamentaria que investigó Gescartera. Asimismo, y en lo que Rodrigo Rato calificó como una medida necesaria para que la regulación evolucione al mismo ritmo que los mercados, la ley da poder normativo a la CNMV.
Capacidad normativa de la CNMV.
Bajo la nueva ley el regulador tendrá poderes normativos para dictar medidas sobre el uso y salvaguarda de información privilegiada, aunque bajo la autorización expresa del Ministerio de Economía. El Gobierno no ha seguido la recomendación del Consejo de Estado, que desaconsejaba esta medida. Por contra, Rato defiende que de este modo se gana poder de adaptación a los cambios del mercado.
La CNMV podrá regular sobre la comunicación de las operaciones realizadas por una sociedad con entidades vinculadas, sobre el tráfico de información privilegiada, el tratamiento de ésta, sobre cómo prohibir que se propague en el seno de las entidades financieras (las murallas chinas) y la difusión de información sobre la empresa que se considere relevante.
Información privilegiada y sanciones.
La nueva ley endurecerá las sanciones por el uso de información privilegiada, al tiempo que combatirá la difusión de información falsa o engañosa y la ocultación de información relevante o la manipulación de cotizaciones. Entre otras medidas, se imponen multas de hasta 60.000 euros, así como el cierre del establecimiento en infracciones muy graves.
Se quedan sin regular las presentaciones a analistas y las alertas sobre resultados, aspectos sí recogidos en los primeros anteproyectos, aunque Economía podrá habilitar a la CNMV para que regule estos aspectos de la información relevante.
Publicidad de las sanciones.
Las sanciones graves o muy graves impuestas por la CNMV deberán ser públicas. Asimismo, la Comisión deberá llevar un registro de las sanciones impuestas en los últimos cinco años. Las medidas fueron propuestas por la comisión parlamentaria que investigó Gescartera.
Sanciones a empresas de servicios de inversión.
El presidente de la CNMV, Blas Calzada, propuso multar a las empresas de servicios de inversión cuyas auditorías presenten salvedades en sus cuentas. El titular del ministerio aseguró el viernes que la propuesta de Calzada podría incluirse en la ley vía enmienda para que se ponga en marcha el año que viene.
Sanciones a empresas cotizadas con salvedades.
Calzada pidió también que las empresas cotizadas con salvedades contables que no se corrijan sean suspendidas en Bolsa. Rato, no obstante, pide más detalles y se muestra poco convencido sobre una medida que, dice, ¢afecta a la liquidez de los títulos¢.
Auditorías.
Las auditoras tendrán que entregar sus papeles de trabajo a la CNMV en casos de fraude graves y en los que falte información sobre la situación financiera de las compañías.
Reglamento interno de la CNMV.
La ley obliga al regulador a redactar un reglamento interno, donde se determinará su estructura, sus procedimientos y competencias. Esta medida también fue propuesta a raíz de Gescartera.
Coordinación entre reguladores.
CNMV y Banco de España suscribirán, cuando sus competencias de supervisión confluyan, convenios donde se especifique la actuación de cada uno. Este aspecto de la regulación es otro motivado por el caso Gescartera.
Protección del cliente.
La nueva normativa crea organismos adicionales para atender las necesidades de los clientes de servicios financieros. Así, establece el defensor del ahorrador, el del inversor, el del asegurado y partícipe en planes de pensiones. Estarán adscritos al Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros. Resolverán las quejas de los clientes en sus respectivas áreas de competencia.
A partir de ahora las entidades que gestionen fondos de inversión o pensiones deberán ser autorizadas por la CNMV, tal y como ahora son habilitados los productos financieros. Con ello se pretende agilizar los procedimientos, ya que hasta ahora las sociedades tenían que ser aprobadas por el Ministerio de Economía a propuesta de la Comisión.
Instituciones sin ánimo de lucro.
Otra consecuencia del caso Gescartera y de la implicación en éste de la ONCE. La CNMV y el Banco de España deberán establecer y aprobar un código de conducta para determinar qué tipo de inversiones pueden llevar a cabo las instituciones sin ánimo de lucro.
La CNMV tiene competencia para autorizar (o vetar) la participación de mercados españoles en sociedades que gestionen otros mercados fuera de España y viceversa. Por otro lado, los Sistemas Organizados de Negociación (SON) deberán ser autorizados por el Ministerio de Economía, y deberán constituir una sociedad rectora con unas funciones básicas de organización, supervisión y suministro de información al mercado.
La nueva norma fomenta la integración de los sistemas de liquidación y compensación que existen en España (siete en la actualidad). El objetivo es la reducción de costes y eliminar barreras para una posible unión con los sistemas de otros países.
La ley autoriza al Tesoro para que realice operaciones de adquisición temporal de valores de renta fija, y no sólo de deuda pública española como hasta ahora.