El Supremo rechaza que la retención a profesionales se calcule sobre ingresos netos
El Tribunal Supremo, en una sentencia del pasado 9 de enero, da plena validez a la actual retención del 18% a cuenta del IRPF que se aplica sobre los ingresos de los profesionales. Al tiempo, la sentencia rechaza que este porcentaje pueda calcularse sobre los ingresos netos de estos contribuyentes.
Según el Supremo, 'no puede entenderse demostrado que el tipo del 18% en las retenciones a profesionales produzca la vulneración del principio de capacidad económica que condujo a la anulación del precedente tipo establecido en el 20%'. La sentencia, recogida en el portal jurídico Datadiar.com, retoma los argumentos que ya utilizó en mayo de 2000 para anular el porcentaje del 20%, pero ahora para rechazar que el 18% sea confiscatorio y vulnere la capacidad económica de los contribuyentes.
Para el Supremo, los datos clave que permiten afirmar la validez del sistema son la correlación entre retención y tipo medio de gravamen a que se somete la mayoría del sector y el número de devoluciones del IRPF que se producen. Tras lo cual el Supremo afirma que 'aunque es posible que en algunos casos los profesionales, una vez deducidos los gastos, obtengan rendimientos netos a los que corresponda un tipo tributario que dé lugar a devoluciones, no puede presumirse que sea regla que alcance a la mayor parte o a un porcentaje significativo'.
El tribunal comparte las tesis del abogado del Estado para negar que la retención pueda calcularse sobre los ingresos netos (una vez restados los gastos de la actividad) como así pretendía el Colegio de Abogados que presentó el recurso. Para el abogado del Estado este sistema entraña 'dificultad práctica' y 'riesgos para la protección de la intimidad si el retenedor ha de conocer la estructura económica de la actividad del retenido'. Según explica Arturo Jiménez, abogado de Datadiar.com, 'es casi imposible que un profesional conozca el gasto exacto que corresponde a lo cobrado a un cliente, que es quien va a retener, por lo que lo más correcto parece aplicar la retención sobre el ingreso bruto'.