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Competencia

Economía descarta abrir un nuevo expediente a Repsol por fijar los precios

El Servicio de Defensa de la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía, ha decidido no incoar un nuevo expediente a Repsol, después de recibir en diciembre una nueva denuncia contra ella por prácticas restrictivas al libre mercado. La demanda fue presentada por las mismas asociaciones que propiciaron en julio la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), que condenó a la petrolera a pagar 3,01 millones de euros por vulnerar la Ley de Defensa de la Competencia.

La denuncia fue presentada ante el Servicio en diciembre por parte de la Asociación de Propietarios de Estaciones de Servicio y Unidades de Suministro de España y por la Asociación de propietarios de Gasolineras de Andalucía y en ella se hace referencia a diversas prácticas restrictivas al libre mercado. La demanda recuerda que desde noviembre de 2001 Repsol está adaptando todos los contratos de su red al nuevo reglamento comunitario que, entre otras cuestiones, limita a cinco años la duración máxima de las relaciones contractuales entre petroleras y gasolineros.

En dicha adaptación, los denunciantes aseguran que la compañía está procediendo a una novación de los contratos, ¢sin que la otra parte ni tan siquiera haya podido negociar el nuevo contenido que pretende Repsol¢.

Por su parte, fuentes de la empresa explicaron que las modificaciones hacen referencia a exenciones, es decir derechos que antes tenían sobre ellos que ahora con la nueva normativa dejan de tener sentido, por lo que hacen renuncia expresa a los mismos, ¢y eso sólo puede tener carácter unilateral¢.

En cuanto a los plazos de los contratos, los denunciantes critican que para los abanderados cuyas relaciones actuales con Repsol expiraban antes de cinco años, la compañía prorroga automáticamente los mismos hasta que cumplan dicho periodo, por lo que sostienen que ¢Repsol vuelve a extraer del mercado estaciones de servicio que podrían salir al mismo, lo que evidentemente sería una práctica restrictiva, ya que impediría el que otros operadores pudieran ofertar a estos puntos de venta¢, según versa el contenido del escrito presentado en Economía. Fuentes de la compañía explican, por el contrario, que todos los abanderados están recibiendo dichas notificaciones, pero en las cartas se les ofrece la posibilidad de firmar un nuevo contrato (con una duración máxima de cinco años) o continuar con el actual, adaptándole las modificaciones del nuevo reglamento. ¢Si su contrato vence en dos años, y decide continuar con el mismo, a partir de este año se modificarán algunos aspectos, como el derecho de exclusiva de publicidad, pero en ningún caso se convierte automáticamente en otro contrato de cinco años¢, subraya la empresa. Para los contratos de larga duración, su rescisión anticipada sí provocará el reembolso de dinero por parte del gasolinero a la petrolera.

Pero, la cuestión más espinosa sobre la que todavía resta que se pronuncie la Audiencia Nacional es la que motivó las dos resoluciones del TDC contra Repsol y Cepsa: la política de precios. El TDC multó a sendas empresas con 3,01 y 1,20 millones de euros respectivamente (500 y 200 millones de pesetas) porque consideró que imponían a sus abanderados los precios finales de los combustibles, ¢firmando con ellos falsos contratos de comisión¢. Repsol considera que sus gasolineros son agentes comisionistas, y por tanto, no afectos al derecho de Competencia, y recuerda que con cargo a su comisión pueden realizar descuentos.

De cómo interprete estas relaciones contractuales la Audiencia dependerá que la resolución del TDC se convierta en sentencia firme o no. Por este motivo, fuentes cercanas a la investigación han confirmado que Economía no volverá a intervenir, ¢ya que todo lo que tenía que hacer, ya lo hizo en su día¢.

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