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Concierto vasco

Principales modificaciones del nuevo Concierto vasco

El nuevo Concierto Económico vasco incluye importantes modificaciones. Para empezar, su duración será ilimitada por lo que no es preciso renegociarlo. El cupo, la cantidad que Euskadi paga al Estado, sí se negociará cada cinco años.

Los grupos de sociedades estarán sometidos al régimen tributario foral cuando el establecimiento permanente o la sociedad dominante y todas las de-pendientes estuvieran sujetas a la normativa foral en régimen de tributación individual.

Estarán sometidos al régimen tributario de territorio común cuando la sociedad dominante y las dependientes estuvieran sometidas al régimen tributario común en régimen de tributación individual.

Los grupos de sociedades que con anterioridad a enero del año 2002 estuvieran tributando con normativa común o foral en régimen de tributación consolidada lo podrán hacer hasta el próximo 31 de diciembre del año 2006.

Para los no residentes, el concierto establece que podrán optar por tributar en el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) conforme a la normativa foral, siempre y cuando los rendimientos de trabajo y actividades económicas representen la mayor parte de la totalidad de la renta obtenida en España. En el impuesto de patrimonio, los no residentes podrán optar por la normativa foral o la común.

En cuanto a la estabilidad presupuestaria, se acuerda la coordinación con el Estado, pero la aplicación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria se efectuará sin ¢perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Concierto Económico¢.

Cupo

El Concierto, además, establece un Cupo de 1.090 millones de euros para 2002. Esta cuantía lleva implícita la recaudación por parte de las haciendas forales de las retenciones de los funcionarios del Estado, así como de las compañías públicas estatales.

Además, en el Cupo se incluye la financiación de la Ertzaintza y de la Sanidad.

El acuerdo reconoce la especificidad del Concierto Económico en la futura Ley General Tributaria. Además se atribuye capacidad normativa a las haciendas forales en el impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

En cuanto al impuesto sobre sociedades e IVA, se eleva a seis millones de euros la cifra de volumen de negocio para tributar exclusivamente conforme a la normativa foral.

El número de vocales de la Junta Arbitral se reduce, pasando de ocho a tres. Se constituye la Comisión de Coordinación y Evolución Normativa, creada tras la paz fiscal alcanzada en enero de 2000. Por último, se concierta el impuesto sobre ventas minoristas de algunos hidrocarburos y se crean grupos de trabajo sobre el IVA de las operaciones asimiladas a la importación y sobre primas de seguros.

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