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El Gobierno aumenta el control sobre las concentraciones

El nuevo reglamento sobre las concentraciones de empresas incluido en la Ley de Defensa de la Competencia incrementa el control sobre las mismas, define sus requisitos y detalla las sanciones en caso de no acatar la ley, según publicaba el Boletín Oficial del Estado (BOE) de ayer.

Este real decreto por el que se desarrolla la Ley de Defensa de la Competencia 16/1989, de 17 de julio, moderniza la normativa en materia de control de concentraciones y la adapta a los cambios legislativos.

Entre las modificaciones introducidas para reforzar la seguridad jurídica destaca la inclusión en la definición de concentración económica del control de facto y la aproximación del cálculo del volumen de ventas al criterio comunitario.

Asimismo, se desarrollan los aspectos relativos a la suspensión de la operación de concentración, con especial referencia a las Operaciones Públicas de Adquisición de Acciones, al tiempo que se desarrolla la consulta previa.

Además, se prevé explícitamente la publicidad de los informes del Servicio de Defensa de la Competencia.

El real decreto contiene como uno de los anexos el nuevo formulario de notificación de las concentraciones económicas.

La nueva definición de concentración económica contenida en la norma establece que la modificación con carácter estable de la estructura de control de una empresa o de parte de una empresa será considerada como una operación de concentración a todos los efectos, con independencia de que dicha empresa o parte de la misma tenga personalidad jurídica propia.

Además, no tendrá consideración de concentración económica la mera redistribución de valores o activos entre las sociedades de un mismo grupo por cuanto no existe modificación de la estructura de control.

El real decreto consta de un total de 19 artículos estructurados en dos capítulos. El primero de ellos incluye normas generales y el segundo se divide en cuatro secciones.

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