_
_
_
_

El Gobierno regulará un DNI digital y la firma electrónica para empresas

Pese a que fue presentado como un éxito legislativo por haber sido aprobado antes que la correspondiente directiva europea, el real decreto-ley de firma electrónica no cumplirá siquiera un trienio. El Gobierno ha anunciado que reformará el texto para incorporar aspectos que no fueron regulados en su día "por la urgencia de la aprobación" y adaptar la norma a la ley europea. Entre las novedades del anteproyecto destaca la regulación del DNI digital y de la firma electrónica para empresas.

Como si temiese no acertar también en esta segunda ocasión, el Ministerio de Ciencia y Tecnología ha presentado el anteproyecto de ley de firma electrónica en Internet junto a un buzón de sugerencias en el que expertos, empresas y particulares pueden aportar su visión sobre el texto.

Dos años y tres meses después de que el Gobierno promulgase una norma que se anticipó a la directiva europea sobre esta materia, el departamento que dirige Anna Birulés se ha visto obligado a elaborar un nuevo texto. Los motivos, según reconoce el propio preámbulo de la ley, tienen que ver con la necesidad de incorporar los cambios tecnológicos, pero también con la obligación de regular aspectos que no fueron contemplados en su día debido a la "urgencia" con que se llevó a cabo la aprobación del texto y con el deber de adaptar su contenido a la directiva europea. "El hecho de que se aprobase antes de la directiva convirtió el texto en la transposición de una propuesta y no de una norma completa", resume Javier Ribas, de Landwell.

El nuevo anteproyecto cuenta con varias novedades, de entre las que destaca la regulación del documento nacional de identidad digital y la emisión del certificado de firma electrónica para las personas jurídicas. Según el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el DNI electrónico se perfila en la futura ley como un tarjeta equivalente al DNI actual, al que se añadirán mecanismos de identificación y firma electrónica, y que podrá ser utilizada en las relaciones con cualquier Adeministración pública, particulares y empresas.

Firma para empresas

La segunda gran novedad, los certificados para personas jurídicas, permitirá a las empresas disponer de su propia firma electrónica como entidad, aunque ello no eliminará la necesidad de atribuir la firma a una persona física que se hará responsable en caso de mal uso de ésta. El anteproyecto establece que por cada certificado de firma expedido a una compañía habrá únicamente una persona física autorizada para utilizarla, "la cual se responsabilizará del cumplimiento de los deberes inherentes a la condición de firmante, aunque en sentido estricto no lo sea".

Entre los aspectos que no estaban suficientemente regulados y que ha venido a completar el anteproyecto destacan la concreción de los requisitos mínimos necesarios para llevar a cabo la actividad de prestación de servicios de certificación de la firma y la delimitación de las obligaciones y responsabilidades de las entidades que desempeñan esta labor.

En ese sentido, el texto tiene en cuenta por primera vez el "deber de diligencia" y de cuidado de los usuarios de los certificados a la hora de atribuir la responsabilidad por su extravío o mal uso.

 

Una reforma anunciada por los expertos

La necesidad de reformar el real decreto-ley de firma electrónica ha estado en boca de los expertos en derecho informático y de telecomunicaciones desde hace ya tiempo. La mayor parte de ellos coinciden en señalar la urgencia de regular ciertos aspectos no contemplados en el texto actual y que suponen un freno para la expansión del uso de la firma en España.

Según José María Anguiano, de Garrigues & Andersen, actualmente apenas existen en España entidades de certificación válidamente establecidas, "a excepción de la Fábrica de la Moneda y Timbre" debido a que todavía no se ha creado el registro de entidades que prevee el real decreto-ley del Gobierno. La misma opinión sostiene Manuel Logo, del bufete Javier Cremades, quien destaca la inseguridad que provoca en los usuarios el hecho de que tampoco se haya puesto en marcha el sistema de acreditación voluntaria de estas entidades, que contemplaba el texto, y que permite a la Administración controlar la calidad de estos servicios.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_