El Supremo condena a un empresario a prisión por un accidente laboral
El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, que obligaba a un empresario a pagar 60.000 pesetas por un accidente laboral que costó la vida a uno de sus trabajadores, y ha aumentado la condena a dos años de prisión, al entender que cometió un delito de imprudencia grave y no una falta, informa Europa Press.
Los hechos se desarrollaron el 1 de julio de 1997, cuando el trabajador fallecido se encontraba trabajando junto con otro compañero en la construcción de un porche en una nave industrial de Zaragoza. Cuando terminó la jornada de trabajo y el trabajador se disponía a bajar de la cubierta, formada por placas de chapa acanalada, una de estas plataformas se rompió y éste cayó al suelo desde el techo del porche.
Debido a la caída, Carlos Izquierdo sufrió un "violento traumatismo craneoencefálico" en la región posterior de la cabeza con fractura de la base del cráneo y con "importantes focos contusivos cerebrales" que le produjeron la muerte seis días después. La Audiencia de Zaragoza condenó al dueño de la empresa al pago de 60.000 pesetas de multa y a que indemnizara con 10 millones de pesetas a los padres del fallecido. El ministerio fiscal recurrió este fallo en casación, alegando como único motivo que los hechos eran constitutivos de un delito de imprudencia grave y no de una simple falta de imprudencia.
El Tribunal Supremo señala que el tribunal de instancia hizo una "pirueta interpretativa", ya que calificó los hechos de falta cuando en la sentencia se recogía que el empresario permitió que el trabajador "estuviera sobre el tejado y transitara por él sin dotarle de cinturón de seguridad ni pasarelas como prescriben las ordenanzas de trabajo de la construcción". El Supremo afirma que la descripción de los hechos muestra que hubo una "actividad negligente" del imputado, "negligencia que contiene todos y cada uno de los elementos de la imprudencia grave (antes temeraria) que recoge el Código Penal".