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Trabajo refuerza la lucha contra el fraude por impago de cuotas

Los responsables de Trabajo han puesto en marcha nuevas fórmulas para disuadir a los empresarios que no pagan las cotizaciones de sus trabajadores. En concreto, limitará la cuantía de las prestaciones que la Seguridad Social anticipa cuando un trabajador tiene periodos impagados de cotización, sea por negligencia patronal o por pacto fraudulento entre las partes.

Los empresarios van a tener más difícil defraudar en el pago de cotizaciones por sus trabajadores a la Seguridad Social. Hasta ahora había muchos trabajadores que cuando llegaba el momento de cobrar alguna prestación -ya sea de jubilación, desempleo, incapacidad, etc.- descubrían que los empresarios para los que trabajan no habían pagado las cuotas obligadas, o las habían pagado parcialmente. En tales casos, la Seguridad Social se hace cargo de esa irresponsabilidad empresarial y paga la prestación de acuerdo a las bases de cotización impagadas por dicho empresario. Esta garantía de la Seguridad Social para el cobro de las prestaciones ha generado casos de fraude, en los que el empresario no pagaba las cotizaciones con el consentimiento del trabajador, que al fin y al cabo termina cobrando la cuantía que le corresponde.

Pues bien, los responsables de la Seguridad Social han introducido una enmienda a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 2002 según la cual se limita la cantidad de la prestación que la Seguridad Social anticipa al trabajador afectado por impago del empresario a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional. Este límite, que en la actualidad asciende a 180.300 pesetas, sólo se ejecutará provisionalmente, hasta que se decida administrativa o judicialmente la responsabilidad del empresario en el impago; la Seguridad Social abonará la totalidad de la prestación a la que tiene derecho el trabajador.

De esta forma, Trabajo pretende, por un lado, disuadir que los trabajadores consientan a los empresarios que no coticen por ellos; y en el caso de que no haya pacto entre empresario y trabajador, la medida persigue que el trabajador denuncie el fraude que está cometiendo el empresario, porque en definitiva son los empleados los afectados por este tope a la prestación, aunque sea temporalmente. Esta medida se complementa con otras, también pactadas con CC OO y CEOE en el Acuerdo de Pensiones, como el envío anual a todos los asalariados de una carta personal en la que la Seguridad Social informa de la vida laboral cotizada por dicho trabajador. En el caso de que éste detecte lagunas (impagos) en sus cotizaciones, Trabajo insta a que se denuncie el hecho. Hasta ahora se han enviado más de cinco millones de estas cartas.

Además, la enmienda incluye otras medidas complementarias como la agilización del trámite administrativo o judicial para declarar a un empresario responsable del impago de las cotizaciones de sus trabajadores. De esta forma, se reducirá notablemente el tiempo durante el cual el trabajador afectado por este fraude empresarial cobra su prestación topada.

Trabajo precisó ayer que el impago de cotizaciones es una práctica "no habitual", si bien otras fuentes aseguran lo contrario. UGT, que no firmó el Acuerdo de Pensiones, considera que esta fórmula de luchar contra el fraude contraviene "flagrantemente" una la directiva europea sobre insolvencias empresariales.

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