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Un tribunal condena a Fecsa a cubrir daños causados por el viento

La Audiencia de Barcelona ha condenado a la compañía eléctrica Fecsa-Enher a indemnizar con más de 600.000 pesetas a una compañía de seguros por los daños causados a una familia a la que se le estropearon los electrodomésticos de su casa por una fuerte ventisca que derribó un cable de la red eléctrica en Vilassar de Mar (Barcelona) y que provocó un cortocircuito.

La Audiencia de Barcelona ha condenado a Fecsa-Enher al revocar una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mataró (Barcelona), que inicialmente absolvió a la compañía. El tribunal afirma, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, que "un fuerte viento" es "inevitable", pero "no imprevisible", por lo que la compañía debía "procurar un mantenimiento de sus instalaciones en estado que permitan resistir esa circunstancia perfectamente previsible".

La sentencia señala que, en este caso, había "simplemente un fuerte viento", como se dice en la demanda y en el informe municipal, pero no se trataba de "un temporal de viento huracanado", sino de "una circunstancia completamente previsible".

Inicialmente el juzgado de Mataró absolvió a la compañía al entender que se había producido un caso fortuito de "fuerza mayor" que eximía de responsabilidad a Fecsa-Enher. En la sentencia de instancia se consideraba que no existía "culpa o negligencia" que le pudiera ser imputada a la demandada, estimando que los daños se produjeron a consecuencia de la caída de un cable de la red eléctrica sobre una farola a causa del "fuerte viento".

Deducir de lo sucedido "que existe fuerza mayor que excluye la responsabilidad no puede ser compartido", afirma la Audiencia de Barcelona. "La caída de un cable eléctrico es un suceso evitable con una adecuada conservación del mismo, con su sustitución cuando su estado lo exija y con la conservación del entorno en el que se encuentra".

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