Las empresas deberán corregir las salvedades que refleje su auditoría
La comisión de trabajo para elaborar la ley financiera propone que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) exija que, en un plazo máximo de dos o tres años, todos los informes de auditoría de las sociedades cotizadas estén sin salvedades. Así lo anunció el presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) exigirá que todos los informes de auditoría de las sociedades que coticen en Bolsa sean limpios, esto es, sin salvedades negativas. Así lo anunció José Luis López Combarros, presidente del ICAC durante el Día del Auditor organizado por la agrupación primera del Instituto de Censores Jurados de Cuentas.
López Combarros explicó que la medida es una de las propuestas barajadas por la comisión de trabajo que prepara la nueva ley financiera. Un foro donde también se ha recomendado que el informe especial de auditoría que exige la CNMV a las empresas cotizadas se extienda a otras entidades como puedan ser las sociedades de cartera o los fondos de inversión. Asimismo, se ha propuesto que la CNMV, el Banco de España y la Dirección General de Seguros tengan libre acceso a los papeles de trabajo del auditor sin el permiso del cliente.
Respecto al deber de presentar un informe sin salvedades a la CNMV, el presidente del ICAC aclara que con ello se busca eliminar los problemas de los inversores para entender la información de una entidad. Y, al tiempo, combatir cifras como las hechas públicas recientemente por la CNMV que reflejan que casi el 15% de las auditorías correspondientes a 2000 tienen salvedades.
Incertidumbres
Si la propuesta sale adelante, la CNMV dará un plazo de dos o tres años a las empresas cotizadas para que presenten un informe sin salvedades. La empresa que no presente un informe limpio deberá ajustar sus cuentas anuales en dicho plazo. En otro caso, dejará de cotizar o -por ejemplo, en el caso de los fondos de inversión- dejarán de estar bajo la supervisión de la CNMV.
Pero, según López Combarros, si la medida prospera, será necesario realizar cambios en las normas de auditoría, puesto que muchas salvedades de los informes son por incertidumbres. En este sentido, los auditores deberán distinguir entre incertidumbres cuantificables de las que no lo son como, por ejemplo, que la sociedad esté inmersa en un proceso judicial.
Ante una incertidumbre cuantificable, la empresa dotará la correspondiente provisión. Pero en el caso de que la incertidumbre sea no cuantificable, el auditor deberá realizar una información detallada y desglosada en la memoria.
En asuntos de gran importancia podrá incluirse en la memoria dicha explicación como párrafo de énfasis. Según López Combarros, los cambios en las normas contables que deban realizarse si esta medida prospera podrían estar listas en unos seis o 12 meses y de manera independiente a la reforma total de la ley de auditoría.