El Supremo impide a Bacardi importar ron de su marca en exclusiva
El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso presentado por la compañía Bacardi contra los importadores de ron, en una sentencia en la que le impide ser el único importador de esta marca de bebida en España.
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha puesto así fin al litigio mantenido durante 10 años para que se reconociera a la compañía Bacardi su derecho a ser el único importador de ron de esta marca en España.
En la sentencia del Supremo se recuerda que Bacardi España presentó una demanda en 1991 contra las compañías mercantiles Destilerías de l'Urgell, Plandiura y Carreras y otras sociedades importadoras de ron blanco marca Bacardi desde México, al considerar que este hecho le causaba daños y perjuicios en la competencia de precios.
La licorera Bacardi también alegaba que la importación de ron blanco con la marca Bacardi desde México a España infringía su derecho de exclusiva para la producción y venta de esta bebida en el territorio español.
Según la sentencia del Tribunal Supremo, la multinacional del ron "pretendía impedir la importación a España de ron Bacardi legítimo y auténtico", a pesar de que "en alguna ocasión" esta misma marca reconoce haber importado esta bebida de Brasil.
La sentencia del alto tribunal añade que "una prohibición de las importaciones fundada en los contratos [de Bacardi España con Bacardi & Company Limited y Bacardi Internacional Limited] lograba el efecto de aislar o compartimentar el mercado en una parte tan importante del espacio comunitario como era España y sus territorios y, desde luego, sin beneficio alguno para los consumidores".
Según declaró a la agencia Efe Juan Porta, director general de Coprodim, que absorbió en 1998 a Destilerías de l'Urgell, esta sentencia significa que "el Tribunal Supremo considera legales las importaciones paralelas de bebidas extracomunitarias".