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El Constitucional respalda la vigencia de la ley del suelo de Aragón

El Tribunal Constitucional ha emitido un auto que levanta la suspensión de la vigencia de la ley de modificación de la Ley de Ordenación del Territorio, aprobada el pasado 8 de febrero pasado en las Cortes de Aragón y recurrida ante el Tribunal Constitucional por el Gobierno del Estado en mayo de 2001.

El auto, recibido ayer en los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón, supone que la ley aragonesa entrará en vigor y se mantendrá en tanto se resuelva ese recurso de inconstitucionalidad, ya que, según el Tribunal Constitucional, "no han quedado acreditados los perjuicios de imposible o difícil reparación que supondrían el levantamiento de la suspensión", aducidos por el Gobierno central y, "en tanto se realiza el juicio de inconstitucionalidad sobre el fondo del asunto, debe prevalecer la presunción de legitimidad de la ley autonómica impugnada". Según una nota oficial elaborada por el Gobierno de Aragón, el auto supone la puesta en marcha de preceptos recogidos en esa ley como el Plan Hidrológico Nacional y los planes de cuenca, así como las medidas de carácter territorial que afecten a la comunidad autónoma deban someterse antes de su aprobación al informe preceptivo del Consejo de Ordenación Territorial de Aragón.

De acuerdo con la competencia exclusiva en materias de ordenación del territorio de la comunidad, la ley aragonesa recuerda que esta comunidad no es indiferente al contenido de la planificación hidrológica del Estado.

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