El Gobierno baja al 30% el impuesto de sociedades a casi todas las pymes
El plan fiscal estudiado ayer por el Gobierno adelanta gran parte de la reforma prevista del impuesto de sociedades. Amplía al 90% de las pymes la reducción al 30% del gravamen de sociedades. Mejora los incentivos empresariales a I+D+i, y planes de pensiones tanto individuales como colectivos.
El Gobierno aprobó ayer la remisión al Consejo Económico y Social (CES) de una adenda a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para 2002 en la que se incluyen las medidas fiscales para reactivar la economía, anunciadas el miércoles por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
Montoro explicó ayer, tras el Consejo de Ministros que esta iniciativa pretende responder a la "a la incertidumbre internacional generada y a la desaceleración económica" del país. El paquete fiscal "anticíclico" se centra en el impuesto sobre sociedades, adelantando parte de la reforma prevista inicialmente para el próximo año y con importantes repercusiones en el IRPF y el impuesto sobre patrimonio.
Las medidas que el Ejecutivo aprobará la próxima semana, una vez oído el dictamen del CES, se estructuran en dos bloques principales. Uno de ellos está dedicado a la mejora de la inversión productiva de las empresas. El otro incide en más incentivos a los planes de pensiones privados tanto individuales como colectivos (de empresas). En cuanto al primero, éstas son las medidas:
w Facturación. Se amplía de tres millones de euros (500 millones de pesetas) a cinco millones de euros (831 millones de pesetas) de facturación anual el ámbito de aplicación de los incentivos actuales para las empresas de reducida dimensión, entre los que destaca la aplicación de un tipo reducido (30% frente al 35%) en el impuesto de sociedades. Ello implica, en la práctica, que el 90% de las pymes (gran parte de las empresas españolas) tribute al 30% de gravamen. El tipo general se mantiene en el 35%.
Plusvalías. Se reduce la fiscalidad, del 35% al 18%, de las plusvalías reinvertidas. Las empresas que estén acogidas actualmente al diferimiento por reinversión podrán integrar las plusvalías en el año 2002, tributando al 18%, creando así un régimen transitorio. Por otra parte, para las entidades navieras se introduce un nuevo régimen especial según el cual el tonelaje será determinante en la formación de la base imponible.
Innovación. Se permite la deducción del 10% por inversiones en activos, excepto inmuebles, dedicados a I+D e innovación tecnológica. Aumenta la base de la deducción de 300.000 a 500.000 euros por la adquisición de patentes y licencias.
Se regula la creación o participación de los organismos públicos de investigación en sociedades mercantiles.
Concentraciones. En el caso de reinversiones de plusvalías generadas en ventas realizadas por acuerdos de aplicación de las normas de defensa de la competencia a partir de 1 de enero de 2002 en procesos de concentración empresarial, se considerará que no ha existido alteración patrimonial y la renta positiva obtenida no se integrará en la base imponible, difiriéndose, con ello, el impuesto.
Por otro lado, se amplía el plazo máximo, de 10 a 20 años, para poder amortizar un fondo de comercio. También se permite la amortización en 20 años del fondo de comercio que surja de compra de valores extranjeros. Además, se reduce el porcentaje de participación, del 90% al 75% de la empresa matriz en sus filiales a la hora de formar un grupo de consolidación fiscal.
Por otra parte, se aumenta de 10 a 15 años el plazo para compensar bases imponibles negativas y se reduce de 12 a seis meses el periodo para la deducción de las provisiones por deudores morosos.
Compra de vivienda. La tributación, en el IRPF, de las subvenciones por compra de vivienda de protección oficial se podrá distribuir en cuatro años para evitar la imputación en un solo ejercicio.
Principales medidas fiscales
Mejora de la inversión productiva de empresas:
Reducción del 35% al 18% del gravamen de las plusvalías reinvertidas.
Rebaja, del 35% al 30%, del tipo del impuesto de sociedades para el 90% de las pymes.
Se amplía de 10 a 20 años el plazo máximo para amortizar un fondo de comercio.
I+D+i:
Deducción del 10% por inversiones en activos, excepto inmuebles.
Planes de pensiones:
Deducción del 10% de las aportaciones empresariales en la cuota del impuesto de sociedades.
Ampliación de límites de aportación para mayores de 52 años.
Supresión del límite conjunto de planes individuales y colectivos.
Supresión de los límites porcentuales, tanto en planes individuales como colectivos.
Vivienda:
Posibilidad de distribución en cuatro años de la tributación en IRPF de las subvenciones oficiales por compra de vivienda.
Entre los incentivos a planes de pensiones destaca el establecimiento de una nueva deducción en la cuota del impuesto sobre sociedades, del 10% de las aportaciones realizadas por las empresas a planes de pensiones colectivos.
El incentivo para las empresas será doble. Por un lado, la aportación es gasto deducible en la base imponible. Por otro, esa misma aportación da derecho a una deducción en la cuota del impuesto.
Por otra parte se suprimen los límites porcentuales en las aportaciones a planes de pensiones individuales, es decir, el 25% de la suma de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, y el 40% de los mismos rendimientos para los mayores de 52 años. Sin embargo se mantienen los límites cuantitativos actuales de aportación máxima con carácter general, situados en 7.212 euros (1,2 millones de pesetas). No obstante se eleva la aportación máxima, de forma gradual, para los mayores de 52 años, hasta 22.838 euros (3,8 millones de pesetas) en el caso de partícipes con 65 o más años de edad.
Se permite que cualquier contribuyente pueda realizar aportaciones a planes de pensiones, con independencia del origen de su rentas (trabajo o capital.
Asimismo, un mismo partícipe podrá percibir aportaciones a un plan colectivo, con un límite de 7.212 euros, y simultáneamente, realizar aportaciones a un plan individual, en la misma cuantía.
En cuanto a los planes colectivos, también se suprimen los límites porcentuales para las aportaciones a favor de los empleados y se mantiene el límite absoluto de 7.212 euros. La totalidad de la aportación empresarial se incluirá en la base imponible del IRPF del empleado y, simultáneamente, se restará de la misma para calcular la base liquidable.
La legislación permitirá también a los empresarios realizar aportaciones a los planes de pensiones colectivos que se hayan establecido en su empresa.